Resolución 09554, por la cual se aprueba el instructivo para la presentación de los Presupuestos y los Proyectos de Inversión de los Fondos Parafiscales Agropecuarios y Pesqueros. - 11 de Noviembre de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43144064

Resolución 09554, por la cual se aprueba el instructivo para la presentación de los Presupuestos y los Proyectos de Inversión de los Fondos Parafiscales Agropecuarios y Pesqueros.

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín44224

DIARIO OFICIAL 44.224 RESOLUCIÓN 09554 01/11/2000 por la cual se aprueba el instructivo para la presentación de los Presupuestos y los Proyectos de Inversión de los Fondos Parafiscales Agropecuarios y Pesqueros. El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de las conferidas por los Decretos 2025 de 1996 y 2478 de 1999, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 8° del Decreto 2025 de 1996, la Dirección de Planeación y Seguimiento Presupuestal del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, ha preparado el instructivo para la presentación de los presupuestos y los proyectos de inversión de los Fondos Parafiscales Agropecuarios y Pesqueros; Que se hace necesario aprobar el mencionado instructivo, el cual servirá de instrumento orientador para la elaboración y ejecución del presupuesto de inversiones y gastos de los Fondos Parafiscales Agropecuarios y Pesqueros creados o que se creen en el futuro, RESUELVE: Artículo 1°. Aprobar el instructivo para la presentación de los presupuestos y los proyectos de inversión de los Fondos Parafiscales Agropecuarios y Pesqueros preparado el 1° de noviembre de 2000 por la Dirección de Planeación y Seguimiento Presupuestal del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Artículo 2°. Los Fondos Parafiscales Agropecuarios y Pesqueros existentes o que se creen con posterioridad a la vigencia de la presente resolución deberán adoptar el instructivo como instrumento para la elaboración y ejecución del presupuesto de inversiones y gastos de los mismos. Artículo 3°. La presente resolución rige a partir de su publicación. Publíquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a 1° de noviembre de 2000. El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Rodrigo Villalba Mosquera. Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural Dirección de Planeación y Seguimiento Presupuestal Instructivo para la presentación de los presupuestos y los proyectos de inversión de los Fondos Parafiscales Bogotá, D. C., noviembre 1° de 2000 Introducción El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural con el fin de facilitar y agilizar la presentación de los proyectos de presupuesto de los Fondos Parafiscales Agropecuarios y pesqueros, ha diseñado el presente instructivo con el cual se pretende homogeneizar y racionalizar la información que deben allegar a este despacho. Este instructivo se elabora atendiendo lo establecido en el artículo 8º del Decreto 2025 de 1996, el cual deberá ser adoptado para el manejo de los Fondos Parafiscales Agropecuarios y Pesqueros de que trata el capítulo V de la Ley 101 de 1993, según la naturaleza de los mismos; este documento deberá ser aplicado para la elaboración del Presupuesto y los acuerdos a través de los cuales se ejecuta dicho presupuesto. Para el adecuado diligenciamiento de los formatos diseñados por la Dirección de Planeación y Seguimiento Presupuestal, se ha elaborado la presente guía, que contiene las instrucciones mínimas para la correcta elaboración de los proyectos de presupuesto, sus anexos, la presentación de los proyectos de inversión, la regionalización de la inversión de acuerdo a las necesidades y a la naturaleza de cada subsector, los acuerdos e instrucciones que contribuyan a la correcta marcha de los fondos en los ámbitos técnico, financiero, administrativo y presupuestal. CAPITULO I Aspectos presupuestales ¿Qué es el presupuesto? Es el mecanismo a través del cual se proyectan los ingresos, gastos e inversiones que se ejecutarán en una vigencia fiscal determinada. Presupuesto de ingresos 1. Ingresos operacionales 1.1 Contribución parafiscal Son los recursos provenientes del recaudo de la cuota parafiscal, de conformidad con el numeral primero del artículo 32 la Ley 101 de 1993. 1.2 Intereses por mora, Cuota de Fomento y demás sanciones establecidas por la ley Son los recursos generados por la mora en la cancelación o transferencia de los recursos al Fondo Parafiscal y demás sanciones que establezca la ley. 1.3 Superávit vigencias anteriores Corresponde a los saldos de los recursos obtenidos y no ejecutados en la vigencia anterior, se determinan descontando del total de recursos obtenidos por todos los conceptos de ingreso, el valor real ejecutado por los gastos de funcio namiento e inversión del Fondo. 2. Ingresos no operacionales Comprende los Ingresos que obtiene el Fondo Parafiscal generados por operaciones diferentes a las del objeto o giro normal del fondo. Son los señalados en los numerales 2, 3, 4, 5 y 6 del artículo 32 de la Ley 101 de 1993. 2.1 Ingresos financieros Comprende los Ingresos generados por los recursos de las contribuciones parafiscales...

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