Resolución 09705, por la cual se señalan los formatos y especificaciones técnicas para la presentación de la información tributaria a que se refiere el artículo 628 del Estatuto Tributario, que debe ser presentada por los Comisionistas de Bolsa a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, por el año gravable 2004. - 30 de Octubre de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43215503

Resolución 09705, por la cual se señalan los formatos y especificaciones técnicas para la presentación de la información tributaria a que se refiere el artículo 628 del Estatuto Tributario, que debe ser presentada por los Comisionistas de Bolsa a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, por el año gravable 2004.

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín45717

El Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en uso de sus facultades legales consagradas en el artículo 19 literal b) del Decreto 1071 de 1999 y en los artículos 628, 631-2, 633, 684 y 686 del Estatuto Tributario,

RESUELVE:

Artículo 1º Sujetos obligados e información a suministrar

Los Comisionistas de Bolsa deberán suministrar por el año gravable 2004, los apellidos y nombres o razón social, NIT y dirección de cada una de las personas o entidades que efectuaron a través de ellos, enajenaciones o adquisiciones de acciones y demás papeles transados en Bolsa, cuando el valor anual acumulado en cabeza de una misma persona o entidad sea superior a veinte millones de pesos ($20.000.000), con indicación del valor total acumulado de dichas operaciones.

Artículo 2º Medios magnéticos para entrega de la información

La información deberá ser presentada en disquete o CD, teniendo en cuenta las siguientes características:

  1. Disquete

  2. Tamaño disquete: 3 ½ pulgadas

  3. Densidad de grabación: Doble cara, alta densidad.

  4. Tipo de archivo: Plano u Hoja electrónica EXCEL

    Cuando la información exceda la capacidad del medio magnético se podrá utilizar los formatos de compresión PKZIP (DOS), WINZIP (Windows 95) o ENZIP 3.00.

  5. CD

    Debidamente cerrado para poder ser leído en cualquier unidad: CD-R.

Artículo 3º Formatos de grabación

La información podrá grabarse con código ASCII como archivo plano (extensión. Asc, escrita en letras minúsculas). El nombre del archivo debe ser IMP628.asc.

También la información podrá presentarse en hoja electrónica de Excel de Office 95 versión original para Windows 95 como mínimo (extensión XLS), sin incluir títulos en las columnas. El ancho de cada columna equivale a la longitud (ancho) o número de caracteres de cada uno de los campos o posiciones definidas en el diseño de los registros y deberá grabarse en dos hojas dentro de un libro de la siguiente manera:

Nombre Hoja Registro Contenido

Hoja 1 Tipo 1 Datos del Comisionista de Bolsa y de Control.

Hoja 2 Tipo 2 Información de las personas o entidades que a través de ellos efectuaron transacciones en bolsa.

El nombre del archivo (libro) debe ser IMP628.

Parágrafo 1º. El formato de la Hoja Electrónica deberá ser el MODELO NORMAL, compuesto por la siguiente combinación de formatos:

Formato Configuración

Número Sin decimales

Fuente Arial 10

Alineación General, Inferior

Bordes Sin bordes

Diseño Ninguno

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