Resolución 0984, por la cual se adopta el Sistema de Control Interno para el Ministerio de Defensa Nacional - 27 de Septiembre de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43214405

Resolución 0984, por la cual se adopta el Sistema de Control Interno para el Ministerio de Defensa Nacional

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín45684

El Ministro de Defensa Nacional, en desarrollo de los postulados constitucionales señalados en los artículos 209 y 269 de la Constitución Política; en particular las facultades legales conferidas en el literal b) de los artículos , y de la Ley 87 de 1993, artículos 4º y 7º del Decreto 1826 de 1994, a rtículos 28, 39, 41, 42, 44, 58, 59, 60, 61, 104 y 106 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política Colombiana determina que la Administración Pública, en todos sus órdenes tendrá un Control Interno que se ejercerá en los términos que señala la ley;

Que el artículo 269 de la Constitución Política Colombiana señala que las entidades públicas están obligadas a diseñar y aplicar, según las funciones, métodos y procedimientos de control interno, de conformidad con lo que disponga la ley, la cual podrá establecer excepciones y autorizar la contratación de servicios con empresas privadas colombianas;

Que en desarrollo de los artículos antes mencionadas, el Gobierno Nacional expidió la Ley 87 del 29 de noviembre de 1993 mediante la cual establece normas para el ejercicio del Control Interno en las Entidades y Organismos del Estado y se dictan otras disposiciones;

Que los organismos de Seguridad y Defensa Nacional no pueden contratar con empresas privadas colombianas, de reconocida capacidad y experiencia el servicio de la organización del Sistema de Control Interno y el ejercicio de las auditorías internas de acuerdo con lo establecido en el artículo 7º de la Ley 87 de 1993;

Que la Oficina de Control Interno del Ministerio de Defensa Nacional es uno de los componentes del Sistema de Control Interno en el citado Ministerio y que de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 7º del Decreto 2145 del 4 de noviembre de 1999 le corresponde la función de asesorar y acompañar a la administración en la implementación del Sistema de Control Interno;

Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto 2539 del 4 de diciembre de 2000, los representantes legales y jefes de organismos son los responsables de establecer y utilizar adecuados instrumentos de gestión que...

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