Resolución 0994, por la cual se modifica parcialmente la Resolución número 1338 del 18 de diciembre de 2003, "por la cual se autoriza incorporar unos bienes en el Activo del Balance de la Fuerza Aérea, en la cuenta Bienes Transferidos, y retirar un activo del Balance de la Fuerza Aérea Colombiana, como resultado del Proceso de Saneamiento Contable".
Emisor | Ministerio de Defensa Nacional |
Número de Boletín | 45678 |
El Ministro de Defensa Nacional, en uso de las facultades que le confieren el artículo 5º de la Ley 716 de 2001, artículos 1º, 8º y 11 de la Ley 901 de 2004, artículos 3º y 5º del Decreto 1282 de 2002, en concordancia con el artículo 73 del Código Contencioso Administrativo, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Acta número 005 de fecha 17 de octubre de 2003 el Comité Técnico Superior de Saneamiento Contable aprobó por unanimidad dar trámite a la ficha uno por valor de cincuenta mil ciento cuarenta y ocho millones novecientos cinco mil noventa y cuatro pesos con 00/100 ($50.148.905.094.00) moneda corriente, de la Fuerza Aérea Colombiana, que trata de bienes recibidos en el Comando Aéreo de Transporte Militar, a través del Contrato número 79-FAC-96 y no registrados en la contabilidad del Comando Fuerza Aérea, recomendándose en dicha oportunidad afectar la cuenta Bienes transferidos contra la cuenta Ajuste Ejercicios Anteriores-Ingresos Extraordinarios, en el Comando de la Fuerza Aérea Colombiana;
Que mediante Resolución Ministerial número 1338 del 18 de diciembre de 2003, se autorizó a la Fuerza Aérea Colombiana incorporar los bienes recibidos por valor de cincuenta mil ciento cuarenta y ocho millones novecientos cinco mil noventa y cuatro pesos ($50.148.905.094.00) moneda corriente, a través del Contrato 79-FAC-96 en la contabilidad del Comando Fuerza Aérea en la Cuenta Principal y Subalterna - Bienes Transferidos contra Ajuste Ejercicios Anteriores - Ingresos Extraordinarios, bajo la vigencia de la Circular 050 del 23 de agosto de 2003;
Que la Circular número 056 del 5 de febrero de 2004, suscrita por el Contador General de la Nación, sobre los procedimientos que deben ser aplicados en el proceso de saneamiento contable, en cumplimiento de la Ley 716 de 2001, prorrogada por la Ley 863 de 2003, y los Decretos 1282 de 2002, 1914 y 1915 de 2003, y tratamiento contable de los valores registrados como ajustes por inflación y de los saldos globales registrados en las cuentas de Propiedad, Planta y Equipo. Así mismo dispone que una vez se adelanten las investigaciones correspondientes y se tramiten los documentos que acrediten la propiedad de los bienes, o se obtengan evidencias para el reconocimiento de las obligaciones, deberán reversarse los registros a nivel de cuentas de orden y proceder a su...
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