Resolución 0997, por la cual se subsana un error en el procedimiento de notificación de la Resolución 4283 del 31 de diciembre de 2004 y se ordena nuevamente su notificación. - 17 de Febrero de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43219205

Resolución 0997, por la cual se subsana un error en el procedimiento de notificación de la Resolución 4283 del 31 de diciembre de 2004 y se ordena nuevamente su notificación.

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana
Número de Boletín45825

El Gerente Liquidador del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, en Liquidación, en uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el Código Contencioso Administrativo y el Decreto 2211 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que la Gerencia Liquidadora del Inurbe, en Liquidación, mediante la Resolución 4283 del 31 de diciembre de 2004, resolvió las reclamaciones presentadas en contra del Inurbe, en Liquidación, dentro del proceso de liquidación de la Entidad, conforme a lo previsto en el Decreto 254 de 2000, el Decreto 2418 de 1999, vigente para la fecha de apertura del proceso, la Ley 819 de 2003, vigente para la fecha de apertura del proceso de reclamaciones sobre derechos sociales y el Decreto 2211 de 2004;

Que el artículo 27 del Decreto 2211 de 2004, señala:

"Notificación de la resolución. La resolución que determine las sumas y bienes excluidos de la masa y los créditos a cargo de la masa de la institución financiera intervenida, se notificará por edicto en la forma prevista en el artículo 45 del Código Contencioso Administrativo. Adicionalmente dentro de los primeros tres (3) días de fijación del edicto, se publicará un aviso en un periódico de amplia circulación informando la expedición de dicha resolución, la fijación del edicto, la fecha en que será desfijado, el término para presentar el recurso de reposición y el lugar o lugares en los cuales podrá consultarse el texto completo de la resolución";

Que el artículo 28 del Decreto 2211 de 2004 señala:

"Recursos. Contra la resolución que determina las sumas y bienes excluidos de la masa y los créditos a cargo de la masa de la institución financiera en liquidación, procederá el recurso de reposición, el cual deberá presentarse ante el Liquidador acreditando la calidad en que se actúa, dentro de los cinco (5) días siguientes a la desfíjación del edicto por medio del cual se notifique dicha resolución y con el lleno de los...

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