Resolución 100, por medio de la cual se asignan las funciones de cobro por jurisdicción coactiva a la Asesoría Jurídica - 5 de Enero de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43131058

Resolución 100, por medio de la cual se asignan las funciones de cobro por jurisdicción coactiva a la Asesoría Jurídica

EmisorVarios - Centro Demartológico Federico Lleras Acosta
Número de Boletín43845

DIARIO OFICIAL 43.845 RESOLUCIÓN 100 02/12/1999 por medio de la cual se asignan las funciones de cobro por jurisdicción coactiva a la Asesoría Jurídica. La Directora General de la Empresa Social del Estado Centro Dermatológico Federico Lleras Acosta, en uso de sus facultades legales, en especial de las conferidas en el artículo 112 de la Ley 6ª de 1992, el artículo 13 de la Ley 270 de 1996, el Decreto 2174 de 1992 y el numeral 5 del artículo 11 del Decreto 1257 de 1994, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 68 y 69 del Código Contencioso Administrativo y en la Ley 6ª de 1992, las entidades públicas del orden nacional tienen jurisdicción coactiva para hacer efectivos los créditos exigibles a favor de las mencionadas entidades; Que en la Empresa Social del Estado-Centro Dermatológico Federico Lleras Acosta para tal efecto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° del Decreto 2174 de 1992, debe asignarse dichas funciones de cobro por jurisdicción coactiva a la Oficina Jurídica del respectivo organismo o dependencia que haga sus veces; Que en la Empresa Social del Estado, Centro Dermatológico Federico Lleras Acosta las funciones de Oficina Jurídica las desarrolla el Asesor Jurídico de la entidad...

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