RESOLUCION 100 RD 6395 - 18 de Septiembre de 2018 - Registro distrital - Legislación - VLEX 739818961

RESOLUCION 100 RD 6395

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6395 18 SEPTIEMBRE 2018
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6395 • pP. 1-12 • 2018 • SEPTIEMBRE 18
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EMPRESA METRO DE BOGOTÁ S.A.
Resolución Número 100
(Agosto 8 de 2018)
“Por medio de la cual se adopta el Código de
Integridad de la Empresa Metro de Bogotá S.A.”
EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA
METRO DE BOGOTÁ S.A.
En uso de sus facultades legales y estatutarias,
especialmente las conferidas por el artículo 5°
del Decreto Distrital 118 de 2018, el Acuerdo de
la Junta Directiva de la EMB No. 06 de 2017 y
artículo 47 de los Estatutos de la Empresa Metro
de Bogotá S.A. y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 209 de la Constitución Política, señaló
que la función administrativa está al servicio de los inte-
reses generales y se desarrolla con fundamento en los
principios de igualdad, moralidad, ecacia, economía,
celeridad, imparcialidad y publicidad.
Que al ser Colombia un miembro de la Organiza-
ción para la Cooperación y el Desarrollo Económico
(OCDE), la Función pública ha venido diseñando
lineamientos e implementado iniciativas, para el
mejoramiento de la política pública, procurando que
aspectos como la lucha contra la corrupción, la gestión
de riesgos, la racionalización de trámites, la gestión de
calidad, el servicio al ciudadano, la gestión documental,
la participación ciudadana, el acceso a la información,
la rendición de cuentas y la transparencia; dejen de
ser vistos como requisitos legales de obligatorio cum-
plimiento y se conviertan en métodos, herramientas y
sistemas orientados a incrementar la eciencia en el
desempeño institucional.
Que la Administración Distrital ha sido pionera en
este propósito, en el Eje Transversal: Gobierno
Legítimo, fortalecimiento local y eciencia del Plan
de Desarrollo Distrital 2016-2020 “Bogotá Mejor
para Todos”, se busca entre otros, concentrar las
iniciativas y consolidar una gestión pública más
transparente, eciente y dispuesta a ofrecer un mejor
servicio al ciudadano y contar con una gestión distri-
tal orientada a fortalecer la gobernanza, con el n de
mejorar la inuencia de las entidades distritales en
todas las instancias (políticas, locales, ciudadanas,
regionales e internacionales)
Que en el Acuerdo Distrital 244 de 2006 “Por medio
del cual se establecen y desarrollan los principios y
valores éticos para el ejercicio de la función pública en
el Distrito Capital”, señala como principios y valores
distritales: el respeto, la responsabilidad, el trabajo en
equipo, la probidad, la vocación de servicio y la soli-
daridad; deniéndolos y asociándolos a un conjunto
de comportamientos, igualmente dispuso el acuerdo,
que se debía “crear las bases para garantizar una
gestión ética en el Distrito sustentada en los principios
y valores”
Que el artículo 5° del mencionado Acuerdo, estableció
que la responsabilidad de la aplicación, seguimiento
y desarrollo práctico de los principios y valores éticos,
será responsabilidad de todos los servidores públicos
distritales y en general de todo el personal vinculado a
las entidades distritales, quienes tendrán la obligación
de cooperar en la ejecución de actividades programa-
das por los diferentes gestores de ética, grupos de
apoyo y del comité que el Gobierno Distrital establezca
para el efecto, el cual será liderado por la Secretaría
General de la Alcaldía Mayor de Bogotá.
Que el Decreto Nacional 1499 de 2017 indicó que “las
políticas de Desarrollo Administrativo de que trata la
Ley 489 de 1998, formuladas por el Departamento Ad-
ministrativo de la Función Pública y los demás líderes,
se denominarán políticas de Gestión y Desempeño
Institucional”, entre otras, de acuerdo al numeral 4,
la Política de Integridad para las entidades públicas.
Que el artículo 3° del Decreto Distrital 118 de 2018
precisó que los principios y valores del Código de
Integridad del Servicio Público, serán asumidos y
cumplidos de manera consciente y responsable por
todos los servidores públicos del Distrito Capital, en
todos los niveles y jerarquías, sin perjuicio de las nor-
mas, códigos o manuales vigentes; además tendrán la
obligación de cooperar en la ejecución de actividades
programadas por los Gestores de Integridad.
Que la Política de Integridad será adoptada por el Ge-
rente General y se integrará como anexo al Código de
Integridad de la EMB que se desarrolla en el presente
acto administrativo, la cual establece y desarrolla las
pautas de comportamiento y las reglas de actuación
de todos los Servidores Públicos de la entidad, en
las relaciones con sus colaboradores, proveedores,
contratistas, organismos de administración y control,
y en general, con los grupos de interés, así como las
actuaciones en las diferentes instancias en las cuales
se desarrollan sus actividades y operaciones, con el
n de que éstas se ajusten a los valores corporativos
y a las funciones y obligaciones asumidas en el marco
de la relación reglamentaria o laboral.
RESOLUCIONES DE 2018

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