Resolución 1014, por medio de la cual se asignan las funciones para el recaudo de recursos propios a algunas dependencias de la entidad. - 26 de Julio de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43195124

Resolución 1014, por medio de la cual se asignan las funciones para el recaudo de recursos propios a algunas dependencias de la entidad.

EmisorSuperintendencias - Superintendencia Nacional de Salud
Número de Boletín45260

El Superintendente Nacional de Salud, en uso de sus atribuciones legales y en especial de las que le confiere los numerales 13 y 14 del artículo 7° del Decreto 1259 de 1994 y

CONSIDERANDO:

Que es función de este despacho asignar y distribuir competencias entre las distintas dependencias de la Superintendencia, cuando ello resulte necesario para el mejor desempeño, así como expedir los actos administrativos correspondientes;

Que para efectos de establecer el cálculo, determinación y cobro de los recursos propios a favor de la entidad es necesario señalar en forma inequívoca las funciones, actividades, procesos y competencias que desarrollarán las distintas dependencias de la entidad en el tema;

Que la Superintendencia Nacional de Salud oportunamente debe liquidar, cobrar y recaudar la tasa, a cargo de las entidades que se encuentren bajo su vigilancia, inspección y control, según lo establecido en el artículo 98 de la Ley 488 de 1998 y reglamentada por el Decreto 1405 de 1999;

Que por lo anterior,

RESUELVE:

Artículo primero

Distribuir las funciones para la liquidación, cobro y recaudo de recursos propios en algunas dependencias de esta Superintendencia, así:

  1. Direcciones Generales

    1. Solicitar a las entidades vigiladas cuya vigilancia, inspección y control corresponda a la Superintendencia Nacional de Salud, la información necesaria para la liquidación, cobro y recaudo de la tasa;

    2. Las Direcciones Generales deben revisar, verificar y validar la información requerida a las entidades vigiladas, para la liquidación, cobro y recaudo de la tasa;

    3. Remitir a la Oficina de Planeación y Estudios Económicos la información validada para la liquidación de la tasa, según los cronogramas establecidos para el efecto en cada vigencia.

  2. Oficina de Planeación y Estudios Económicos

    1. Solicitar a las Direcciones Generales la información necesaria para determinar el monto de la tasa a recaudar por las entidades vigiladas;

    2. Llevar a cabo el análisis de la información que sea suministrada por las Direcciones Generales de la Entidad;

    3. Elaborar y aplicar la fórmula para obtener la liquidación de los montos de la tasa;

    4. Preparar el estudio para el cálculo de costos y su asignación a las entidades vigiladas, para ser remitido a los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de...

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