RESOLUCION 104 RD 6421 - 25 de Octubre de 2018 - Registro distrital - Legislación - VLEX 743690209

RESOLUCION 104 RD 6421

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6421 25 OCTUBRE 2018
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6421 • pP. 1-3 • 2018 • OCTUBRE 25
FECHA HORARIO
Desde el 26 de octubre de 2018 y hasta el 27 de octubre de 2018 Entre las 10:00 p.m. y las 5:00 a.m.
Desde el 27 de octubre de 2018 y hasta el 28 de octubre de 2018 Entre las 10:00 p.m. y las 5:00 a.m.
Desde el 28 de octubre de 2018 y hasta el 29 de octubre de 2018 Entre las 10:00 p.m. y las 5:00 a.m.
Desde el 31 de octubre de 2018 y hasta el 1 de noviembre de 2018 Entre las 10:00 p.m. y las 5:00 a.m.
Desde el 02 de noviembre de 2018 y hasta el 3 de noviembre de 2018 Entre las 10:00 p.m. y las 5:00 a.m.
Desde el 03 de noviembre de 2018 y hasta el 4 de noviembre de 2018 Entre las 10:00 p.m. y las 5:00 a.m.
Desde el 04 de noviembre de 2018 y hasta el 5 de noviembre de 2018 Entre las 10:00 p.m. y las 5:00 a.m.
ARTÍCULO 2. Las niñas, los niños, las jóvenes y
los jóvenes menores de (16) dieciséis años que se
encuentren sin la compañía de sus padres o la(s)
persona(s) en quien(es) recaiga su custodia, en los
sitios, zonas, días y horas de que trata el artículo 1 del
presente Decreto, serán conducidos por la autoridad
competente a los Centros Zonales Especializados del
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF, sin
perjuicio de la responsabilidad que contraen los padres
o la(s) persona(s) en quien (es) recaiga su custodia.
ARTÍCULO 3. Para garantizar la integridad de los
menores de edad y la observancia de los procesos
y trámites de rigor, las autoridades distritales darán
estricto cumplimiento a lo establecido en el Decreto
Distrital 587 de 2007.
ARTÍCULO 4. La Secretaría Distrital de Seguridad,
Convivencia y Justicia rendirá el informe de que trata
el parágrafo 2 del literal b) del artículo 91 de la Ley
136 de 1994, modicado por el artículo 29 de la Ley
1551 de 2012.
ARTÍCULO 5. El incumplimiento de la restricción seña-
lada en el artículo 1 del presente decreto, acarreará las
sanciones previstas en los Códigos Nacional y Distrital
de Policía y demás normas vigentes sobre la materia.
ARTÍCULO 6. El presente decreto rige a partir del día
siguiente a su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los veinticinco (25) días
del mes de octubre de dos mil dieciocho (2018).
ÁNGELA BEATRIZ ANZOLA DE TORO
Alcaldesa Mayor (E.)
LUBAR CHAPARRO CABRA
Secretario Distrital de Gobierno (E.)
MARÍA LUCIA UPEGUI MEJÍA
Secretaria Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia
(E.)
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. -
SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL
Resolución Número 104
(Octubre 23 de 2018)
“Por la cual se establecen los parámetros para
la administración, seguridad y la gestión de la
información jurídica a través de los Sistemas de
Información Jurídica”
LA SECRETARIA JURÍDICA DISTRITAL
En ejercicio de sus facultades legales, en
especial las conferidas por el numeral 10 del
artículo 5 del Acuerdo Distrital 638 de 2016,
numeral 11 del artículo 5º del Decreto Distrital
323 de 2016, los artículos 52 y 53 del Decreto
Distrital 430 de 2018, y,
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Distrital 430 de 2018 adoptó el Mo-
delo de Gestión Jurídica Pública del Distrito Capital,
señalando en el artículo 6.3. como un componente
transversal del mismo, “la Información jurídica con
soporte en las Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones”.
Que el artículo 51 ídem estableció que “Para facilitar
a las entidades y organismos distritales la consulta
oportuna y la toma de decisiones, la administración
y gestión de la información jurídica se realizará con
el apoyo de las Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones -TIC-, garantizando la publicación,
divulgación, ordenamiento y análisis normativo, doc-
trinal y jurisprudencial…”.
Que el artículo 52 ibídem otorgó a la Secretaría Jurídica
Distrital la administración general de los sistemas de
información y a las entidades y organismos distritales
la corresponsabilidad en la gestión de la información,
RESOLUCIONES DE 2018
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6421 • pP. 1-4 • 2018 • OCTUBRE 25
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entendiendo los sistemas de información jurídica como
herramientas que permiten a las entidades del distrito
y al Cuerpo de Abogados contar con recursos e ins-
trumentos para la administración, tratamiento, gestión,
organización, seguimiento y control de la información
jurídica de impacto para el Distrito Capital.
Que en consonancia con el artículo 53 ejusdem, la
Secretaría Jurídica Distrital deberá establecer los pa-
rámetros que garanticen la seguridad de la información
jurídica incorporada en los sistemas, en términos de
condencialidad, autenticidad, integridad, disponibili-
dad y protección de datos; siendo responsabilidad de
cada uno de los operadores jurídicos que accedan a
la administración y gestión de la información jurídica
el ingreso de los documentos.
Que de conformidad con el artículo 63 del mismo De-
creto, los Sistemas de Información Jurídica dispuestos
por la Secretaría Jurídica Distrital serán instrumentos
a través de los cuales se realizará la socialización de
los actos y documentos administrativos de alto impacto
expedidos por las diferentes entidades y organismos
distritales a efecto de facilitar su consulta y contribuir
con la unidad de criterio jurídico al interior del Distrito
Capital; sin perjuicio de la publicación que por ley se
requiera realizar en el Registro Distrital o la página
web de las respectivas entidades o el medio que para
el efecto se dena.
Que la Secretaría Jurídica Distrital cuenta en la actua-
lidad con siete (7) sistemas de información jurídica y
un sistema de gestión documental en desarrollo, que
aportan a la consolidación del cuerpo de abogados del
Distrito Capital, a las actividades y procesos normativos
y jurisprudenciales, normatividad iberoamericana de
defensa del interés del Estado; a la defensa en lo judi-
cial de los intereses del distrito, al control disciplinario
y a la inspección, vigilancia y control de las personas
jurídicas sin ánimo de lucro en el distrito.
Que los mencionados sistemas han permitido el segui-
miento a los asuntos jurídicos de forma integral, con
disponibilidad y accesibilidad a la información dando
lugar a la denición de líneas de acción desde una
perspectiva gerencial tanto para el control como para la
prevención de problemáticas contingentes optimizando
la capacidad de reacción institucional y mejorando los
estándares de ecacia y eciencia en la prestación de
los servicios jurídicos en el Distrito Capital.
Que la administración y la gestión de la información
jurídica involucra tanto el conocimiento especíco en
materia jurídica como el uso de las tecnologías de la
información y las comunicaciones, requiriendo para
ello la cualicación del talento humano para que las
acciones de actualización y operación de la informa-
ción se efectúe de manera veraz, oportuna y dinámica,
constituyéndose en un soporte para las decisiones de
los gerentes y servidores públicos.
Que si bien los sistemas se encuentran reglamenta-
dos desde su propia creación y cuentan con diversas
instrucciones emitidas por las entidades distritales,
resulta necesario regular en un solo cuerpo normativo
las disposiciones relacionadas con la materia.
Que el proyecto de acto administrativo que da origen
a la presente Resolución fue publicado en la página
web de la Secretaría Jurídica Distrital, conforme a
lo previsto en el artículo 8, numeral 8 del Código de
Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso
Administrativo -CPACA., entre los días 21 al 25 de
septiembre de 2018 y recibió observaciones de 10
organismos y entidades distritales.
Que en mérito de lo anterior,
RESUELVE:
Capítulo I
Disposiciones generales
ARTÍCULO 1. Objeto. La presente resolución tiene
por objeto establecer los parámetros para la adminis-
tración, seguridad y gestión de la información jurídica
del Distrito Capital, a través de la optimización de los
Sistemas de Información Jurídica -SIJ- existentes en
el Distrito Capital como instrumentos de control de la
gestión y toma oportuna de decisiones.
ARTÍCULO 2. Administración, seguridad y gestión
de la información jurídica. En desarrollo de lo esta-
blecido en el artículo 52 del Decreto Distrital 430 de
2018, la Secretaría Jurídica Distrital dispondrá de las
herramientas administrativas y tecnológicas que le
permitan a los organismos y entidades distritales ac-
ceder a los SIJ, precisando para cada uno de ellos los
roles de seguridad para la administración, actualización
y/o consulta, brindando la oportuna capacitación en
el manejo funcional de los mismos; y en todo caso se
garantice la protección de los datos personales, si hu-
biere lugar a ello, conforme a la normatividad existente.
La Secretaría Jurídica Distrital mantendrá actualizados
y publicados en la Biblioteca Virtual de Bogotá -BVB,
los manuales de usuario de los sistemas de informa-
ción jurídicos y propenderá con desarrollos futuros por
su integración e interoperabilidad tecnológica, median-
te un control de mando gerencial para su consulta y
administración.
ARTÍCULO 3. Corresponsabilidad en la administra-
ción de la información jurídica por las entidades y
organismos distritales. La corresponsabilidad de la

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