Resolución 1044, por la cual se aclara la Resolución 0407 del 17 de marzo de 2003. - 12 de Septiembre de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43197464

Resolución 1044, por la cual se aclara la Resolución 0407 del 17 de marzo de 2003.

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
Número de Boletín45308

El Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca, CAR, en ejercicio de las facultades legales y estatutarias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución CAR-0407 de 2003, la Corporación establece la tarifa por expedición del salvoconducto para productos de la flora y la fauna silvestre y se dictan otras disposiciones;

Que se hace necesario aclarar que el valor fijado al salvoconducto mediante la Resolución 0407 de 2003, cobija únicamente los especímenes de la diversidad biológica de flora y fauna silvestre o cualquiera de sus productos o derivados, y los productos primarios no maderables tales como follajes, gomas, resinas, látex, frutos, cortezas, estépites y semillas;

Que de conformidad con los artículos 17 y 18 de la Resolución 619 del 9 de julio de 2002, del Ministerio del Medio Ambiente, el valor del salvoconducto nacional para la movilización de productos primarios provenientes de plantaciones forestales o de los sistemas o arreglos silvícolas tendrá un valor único de punto uno cero cinco cero nueve (0.1509), salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv), y por concepto de los servicios de evaluación y seguimiento ambiental que conlleva dicha expedición un valor máximo de 1.46 salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv). Lo anterior para un valor total de quince mil pesos ($15.000) moneda corriente para el presente año;

Que en mérito de lo...

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