Resolución 108, por la cual se conforma el Comité Técnico de Saneamient - 27 de Noviembre de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43184996

Resolución 108, por la cual se conforma el Comité Técnico de Saneamient

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión Nacional de Televisión
Número de Boletín45012

La Junta Directiva de la Comisión Nacional de Televisión, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las consagradas en el artículo 12 literal a) de la Ley 182 de 1995, y del artículo 15 numeral 1 de los Estatutos aprobados mediante Resolución número 185 del 13 de agosto de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 716 de 2001 los entes del sector público deberán adelantar las gestiones administrativas necesarias para depurar su información contable, de manera que los estados financieros reflejen en forma fidedigna la realidad económica, financiera y patrimonial de las entidades públicas. La depuración será aplicable a los valores contables que se encuentren registrados en los estados financieros a 31 de diciembre de 2000;

Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley 716 de 2001, las normas sobre saneamiento de la información contable son aplicables a la Comisión Nacional de Televisión como organismo estatal sujeto a un régimen especial, de conformidad con lo establecido en los artículos 76 y 77 de la Constitución Política de Colombia y las Leyes 182 de 1995, 335 de 1996 y 680 de 2001;

Que las facultades previstas en la Ley 716 de 2001 estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2003, según lo establece el artículo 21 de la misma ley;

Que para efectos de dar cumplimiento a las disposiciones de la Ley 716 de 2001, el artículo 6° del Decreto 1282 de 2002 establece que las entidades y organismos obligados al saneamiento contable, deberán conformar comités técnicos, integrados por el Secretario General o su delegado, el Jefe de la Oficina Financiera, el Contador o Jefe de Contabilidad y los demás servidores públicos que en razón de sus funciones deban incorporarse;

Que se hace necesario efectuar un análisis de los estados financieros de la Comisión Nacional de Televisión, con el propósito de proceder a su depuración, y establecer la existencia real de los bienes, derechos y obligaciones que afecten su patrimonio con corte a 31 de diciembre de 2000;

Que en decisión tomada el 12 de noviembre de 2002, según consta en el Acta número 941, la Junta Directiva,

RESUELVE:

Artículo 1° Conformación del Comité Técnico de Saneamiento Contable

Conformar el Comité Técnico de Saneamiento Contable de la Comisión Nacional de Televisión, el cual estará integrado de la siguiente forma:

  1. Por el Secretario General, o su delegado, quien lo presidirá.

  2. Por el Subdirector...

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