Resolución 1093, por medio de la cual se establece el sistema de identificación de los Residuos Industriales de Control Prioritario, RICoPri, en el departamento del Valle del Cauca y se establecen las obligaciones y prohibiciones para los generadores de ellos. - 13 de Enero de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43203131

Resolución 1093, por medio de la cual se establece el sistema de identificación de los Residuos Industriales de Control Prioritario, RICoPri, en el departamento del Valle del Cauca y se establecen las obligaciones y prohibiciones para los generadores de ellos.

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca
Número de Boletín45429

La Directora General (E.) de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca, CVC, en uso de las facultades conferidas en la Ley 99 de 1993, y demás normas concordantes, y

CONSIDERANDO:

  1. Que en virtud del artículo 80 de la Constitución Política, corresponde al Estado planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, así como "prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados".

  2. Que en desarrollo de los principios constitucionales, el artículo 1º de la Ley 99 de 1993, en sus numerales 7, 9, 10, 12 y 13, se establecen los principios de prevención de los daños y riesgos ambientales, la acción conjunta y coordinada de los organismos estatales en la protección y recuperación ambiental, así como la descentralización como principio orientador del Sistema Nacional Ambiental.

  3. Que el artículo 32 del Decreto-ley 2811 de 1974, menciona que se deben establecer parámetros respecto de la importación, la fabricación, el transporte, el almacenamiento, la comercialización, el manejo, el empleo o la disposición de sustancias y productos tóxicos o peligrosos, para prevenir el deterioro ambiental o daño en la salud del hombre y de los demás seres vivientes ocasionado por dichas sustancias.

  4. Que la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca, tiene las funciones de máxima autoridad ambiental en el área de su jurisdicción, tal como lo establece el artículo 31 numeral 2 de la Ley 99 de 1993, lo cual le permite fijar los límites permisibles de emisión, descarga, transporte o depósito de sustancias, productos, compuestos o cualquier otra materia que pueda afectar el medio ambiente o los recursos naturales renovables y prohibir, restringir o regular la fabricación, distribución, uso, disposición o vertimiento de sustancias causantes de degradación ambiental. De igual manera, y al tenor del numeral 12 de dicho artículo, la CVC tiene la competencia para ejercer las funciones de control y seguimiento de todo tipo de vertimientos, emisiones o incorporación de sustancias o residuos líquidos, sólidos y gaseosos, a las aguas, al aire o a los suelos.

  5. Que la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca para prevenir y controlar los riesgos, que para el medio ambiente de su jurisdicción territorial se derivan del inadecuado manejo y disposición final de los residuos industriales peligrosos considera necesario establecer una detenida reglamentación al respecto, que determine los criterios técnicos y científicos para la identificación de aquellos residuos de origen industrial cuyo control es prioritario en razón de su alta peligrosidad o de su actual forma de gestión.

  6. Que la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca inició el desarrollo del Plan de Gestión Corporativo para el Manejo de Residuos Peligrosos, con base en las conclusiones y recomendaciones que arrojó el estudio "Diseño de Instrumentos para la Planificación y Gestión Ambiental de los Residuos Peligrosos a Nivel Nacional, a partir del Desarrollo de una Experiencia Piloto en el Departamento del Valle del Cauca".

  7. Que el estudio "Diseño de Instrumentos para la Planificación y Gestión Ambiental de los Residuos Peligrosos a Nivel Nacional" estableció como objeto del Plan de Gestión los residuos industriales teniendo en cuenta su peligrosidad, volumen, importancia ambiental en el territorio y la viabilidad aparente de manejarlos y tratarlos adecuadamente a mediano plazo. De acuerdo a esto, se adoptó el concepto de Residuo Industrial de Control Prioritario, RICoPri, para identificar a ciertos residuos peligrosos generados en las actividades industriales que deben ser tratados prioritariamente.

  8. Que el Plan de Gestión Corporativo de Residuos Peligrosos estableció la necesidad de diseñar las normas requeridas para avanzar en la implementación del programa, teniendo en cuenta...

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