Resolución 1113, por medio de la cual se dictan algunas disposiciones sobre el régimen tarifario del servicio portador en cumplimiento de lo establecido por el numeral 5° del artículo 8° del Decreto 447 de 2003. - 26 de Noviembre de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43216206

Resolución 1113, por medio de la cual se dictan algunas disposiciones sobre el régimen tarifario del servicio portador en cumplimiento de lo establecido por el numeral 5° del artículo 8° del Decreto 447 de 2003.

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión de Regulación de Comunicaciones
Número de Boletín45744

La Comisión de Regulación de Telecomunicaciones, en ejercicio de sus facultades legales, y en especial las que le confiere el Decreto 447 de 2003 y el Decreto 1130 de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 37, numeral 3 del Decreto 1130 de 1999, corresponde a la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones expedir toda la regulación de carácter general y particular respecto del régimen tarifario de los servicios de telecomunicaciones. Asimismo, corresponde a la CRT solicitar información amplia, exacta, veraz y oportuna a quienes prestan y comercializan los servicios y telecomunicaciones para el ejercicio de sus funciones;

Que en concordancia con lo anterior, el documento Conpes 3072 del 9 de febrero de 2000, denominado "Agenda de Conectividad: El S@lto a Internet", definió estrategias para promover el acceso a la infraestructura de la información, definiendo actividades enfocadas a difundir el conocimiento e incentivar la apropiación de las tecnologías de la información hacia las comunidades, ampliando su cubrimiento y la calidad de la infraestructura tecnológica y de telecomunicaciones, garantizando una cobertura amplia a lo largo del país;

Que de acuerdo con lo establecido en el numeral 5° del artículo del Decreto 447 de 2003, el operador habilitado para la prestación del servicio portador debe cumplir con el régimen tarifario que expida la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones;

Que el numeral 5° del artículo del Decreto 447 de 2003, establece que los operadores del servicio portador deberán cumplir con el régimen tarifario que expida la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones, el cual deberá consagrar planes especiales o descuentos a operadores de telecomunicaciones que presten servicios de acceso a Intrernet a las Fuerzas Militares y de Policía y los hospitales, clínicas, puestos y centros de salud y centros educativos, siempre y cuando tales entidades sean de naturaleza pública y carezcan de ánimo de lucro. Los operadores de telecomunicaciones a que se hace mención, están en la obligación de trasladar las tarifas espaciales o...

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