Resolución 1115, por la cual se autoriza a una entidad financiera para recepcionar recibos oficiales de pago de Impuestos Nacionales y Tributos Aduaneros, cancelados con Certificados de Desarrollo Turístico - 12 de Junio de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43158712

Resolución 1115, por la cual se autoriza a una entidad financiera para recepcionar recibos oficiales de pago de Impuestos Nacionales y Tributos Aduaneros, cancelados con Certificados de Desarrollo Turístico

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín44453

DIARIO OFICIAL 44.453 RESOLUCIÓN 1115 06/05/2001 por la cual se autoriza a una entidad financiera para recepcionar recibos oficiales de pago de Impuestos Nacionales y Tributos Aduaneros, cancelados con Certificados de Desarrollo Turístico. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en especial de las que le confieren los literales b), d) y l) del artículo 6º del Decreto 2112 de 1992 y el artículo 801 del Estatuto Tributario, y CONSIDERANDO: Que la Ley 488 de 1998 en su artículo 102 estableció que todos aquellos proyectos turísticos en los cuales la Corporación Nacional de Turismo hubiere expedido resolución aprobatoria de sus planos arquitectónicos y que sus inversionistas hayan anexado la información ante la misma entidad para solicitar los Certificados de Desarrollo Turístico, Cedetur, antes del 28 de febrero de 1996, e igualmente estuviere operando el establecimiento de comercio desde el primer trimestre de 1997, los inversionistas tendrán derecho a los Certificados de Desarrollo Turístico contemplados en el Decreto 2272 de 1974; Que según lo dispuesto en el artículo 1° del Decreto 2665 del 24 de diciembre de 1999, reglamentario del artículo 102 de la Ley 488 de 1998, los Certificados de Desarrollo Turístico se emiten al portador y sirven para pagar por su valor nominal toda clase de Impuestos Nacionales a partir de la fecha de entrega al beneficiario directo, previa su emisión por parte del Gobierno Nacional mediante resolución; Que la emisión de los Certificados de Desarrollo Turístico fue ordenada mediante Resoluciones 2790 del 14 de diciembre de 2000 y 0588 del 30 de marzo de 2001, en las cuales se señalan su cuantía y características; Que el 20 de abril de 2001 se suscribió el Contrato 09, entre La Nación-Ministerio de Desarrollo Económico y el Banco de la República, para la administración y demás fines relacionados con los Certificados de Desarrollo Turístico; Que la Dirección del Tesoro Nacional, mediante Acta de Emisión 021-01 del 9 de mayo de 2001, procedió a emitir Certificados de Desarrollo Turístico en cuantía de trece mil novecientos millones de pesos ($13.900.000.000) y mediante Acta de Emisión 022-01 del 9 de mayo de 2001, procedió a emitir Certificados de Desarrollo Turístico en cuantía de mil seiscientos sesenta y un millones de pesos ($1.661.000.000); Que de conformidad con el artículo 6° de las Resoluciones 2790 del 14 de diciembre de 2000 y 0588 del 30 de marzo de 2001, corresponde al...

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