RESOLUCION 112 RD 6381 - 29 de Agosto de 2018 - Registro distrital - Legislación - VLEX 738008153

RESOLUCION 112 RD 6381

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6381 29 AGOSTO 2018
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6381 • pP. 1-21 • 2018 • agosto 29
EMPRESA METRO DE BOGOTÁ S.A.
Resolución Número 112
(Agosto 24 de 2018)
“Por la cual se adopta la Política de Protección
y Tratamiento de Datos Personales de la
Empresa Metro de Bogotá S.A. y se dictan otras
disposiciones”
EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA
METRO DE BOGOTÁ S.A.
En uso de sus facultades legales y estatutarias,
especialmente las conferidas por el literal k) del
artículo 17 y el literal f) del artículo 18 de la Ley
1581 de 2012, artículo 47 de los Estatutos de la
Empresa Metro de Bogotá S.A., Acuerdo de la
Junta Directiva No. 06 de 2017 y,
CONSIDERANDO:
sagra la protección de los datos personales, como
el derecho fundamental que tienen todas las per-
sonas a conservar su intimidad personal y familiar,
al buen nombre y a conocer, actualizar y rectificar
la información que se haya recogido sobre ellos
en bancos de datos y en archivos de las entidades
públicas y privadas
Que la Ley Estatutaria 1581 de 2012 “Régimen
General de Protección de Datos Personales” y el
Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015, con-
sagran la necesidad de garantizar de forma integral
la protección y el ejercicio del derecho fundamental
de Habeas Data y establecen como deberes de
los responsables y encargados del tratamiento
de datos personales, adoptar una política interno
para garantizar el adecuado cumplimiento de las
normas que rige la materia, así como la atención
de consultas y reclamos.
Que el artículo 2° de la Ley 1581 de 2012, esta-
blece: “(…) Los principios y disposiciones de la
presente ley serán aplicables a los datos persona-
les registrados en cualquier base de datos que los
haga susceptibles de tratamiento por entidades de
naturaleza pública o privada. La presente ley apli-
cará al tratamiento de datos personales efectuado
en territorio colombiano o cuando al Responsable
del Tratamiento o Encargado del Tratamiento no
establecido en territorio nacional le sea aplicable
la legislación colombiana en virtud de normas y
tratados internacionales. (…)”
Que de conformidad con la definición del literal e)
del artículo 3° de la Ley 1581 de 2012, la Empresa
Metro de Bogotá S.A. como entidad pública des-
centralizada del orden Distrital, es responsable del
tratamiento de datos personales.
Que el artículo 2.2.2.25.3.1 del Decreto Reglamen-
tario 1074 de 2015 dispone que: “Los responsables
del tratamiento deberán desarrollar sus políticas
para el tratamiento de los datos personales y velar
porque los Encargados del Tratamiento den cabal
cumplimiento a las mismas. Las políticas de trata-
miento de la información deberán constar en medio
físico o electrónico, en un lenguaje claro y sencillo
y ser puestas en conocimiento de los Titulares (…)”
Que en desarrollo de las funciones misionales y de
apoyo que desarrolla la Empresa Metro de Bogotá
S.A., la entidad recopila, almacena, administra y
trata información considerada por la ley como datos
personales, que son por lo general de naturaleza
pública, debido a que su protección y tratamiento
se realiza por mandato legal y en cumplimiento de
una función pública. Sin embargo, de forma excep-
cional, también trata datos personales que no son
de naturaleza pública.
Que la protección y tratamiento de datos realizado
por la Empresa Metro de Bogotá S.A., se lleva a
cabo en cumplimiento de sus funciones y se debe
regir por el sistema de protección de datos per-
sonales establecido en la citada ley, los decretos
reglamentarios y demás normatividad que la com-
plemente, modifique o derogue.
Que para el cumplimiento de lo anterior y con el
propósito de garantizar el principio de seguridad de
la información que cobija los registros individuales
constitutivos de las bases de datos manuales o
automatizadas, se hace necesario que la Empre-
sa Metro de Bogotá S.A., adopte una política de
protección y tratamiento de datos personales que
contenga los lineamientos necesarios para una
correcta recolección y tratamiento de los mismos.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Adoptar la Política de Protección y
Tratamiento de Datos Personales de la Empresa
Metro de Bogotá S.A. versión 1, que hace parte
integral de la presente resolución.
RESOLUCIÓN DE 2018
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6381 • pP. 1-22 • 2018 • agosto 29
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ARTÍCULO 2º. Designar como OFICIAL DE PRO-
TECCIÓN DE DATOS al GERENTE DE COMUNI-
CACIONES Y CIUDADANÍA o quien haga sus veces,
quien tendrá la función de vigilancia y control de la
aplicación de la Política de Protección de Datos Per-
sonales adoptada mediante la presente resolución.
ARTÍCULO 3º. La presente Resolución rige a partir del
día siguiente de su publicación en el Registro Distrital.
Dada en Bogotá D.C., a los veinticuatro (24)
días del mes de agosto de dos mil dieciocho
(2018).
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
ANDRÉS ESCOBAR URIBE
Gerente General

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