Resolución 11284, por la cual se establecen precios estimados.
Emisor | Unidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales |
Número de Boletín | 46107 |
El Director de Aduanas, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las establecidas en los artículos 23 del Decreto 1071 de 1999 y 237 del Decreto 2685 de 1999, modificado por el Decreto 1161 del 31 de mayo de 2002,
RESUELVE:
Subpartida Arancelaria
Descripción
Precio FOB USD/ Unidad
Nivel Inferior
Nivel Superior
4820200000
Cuadernos grapados 50 hojas 14.5 cm x 20.8 cm
0.11
0.20
4820200000
Cuadernos grapados 100 hojas 14.5 cm x 20.8 cm
0.19
0.35
4820200000
Cuadernos espiral 80 hojas 21.0 cm x 28.0 cm
0.41
0.74
4820200000
Cuadernos espiral 100 hojas 14.8 cm x 21.0 cm
0.26
0.48
4820200000
Cuadernos cosidos 100 hojas 19.0 cm x 24.8 cm
0.37
0.67
Las medidas previstas en el parágrafo del artículo 469, numeral 1.20 del artículo 502 y en el artículo 502-1 del Decreto 2685 de 1999, para las mercancías procedentes de Zonas de Régimen Aduanero Especial, se aplicarán a Facturas de Nacionalización expedidas con posterioridad a la publicación de esta resolución.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
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