RESOLUCION 114 RD 6027 - 28 de Febrero de 2017 - Registro distrital - Legislación - VLEX 692493625

RESOLUCION 114 RD 6027

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6027 28 FEBRERO 2017
EmisorInstituto Distrital de Recreacion y Deporte
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRiTO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6027 • pP. 1-17 • 2017 • febrero 28
Secretaría Distrital de Ambiente, acorde a lo señalado
en la parte motiva de esta decisión administrativa.
PARÁGRAFO: Hace parte integral del presente acto
administrativo, el Informe Técnico No. 00376 del 22 de
febrero de 2017 de la Subdirección de Ecosistemas y
Ruralidad de la SDA, que sirve de sustento para levan-
tar las medidas adoptadas por la Secretaría Distrital de
Ambiente en el marco de lo dispuesto en la Resolución
No. 01197 de 2013.
ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicar la presente Re-
solución a la Secretaría Jurídica, Secretaría Distrital
de Planeación, a la Secretaría General de la Alcaldía
Mayor, al Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y
Cambio Climático -IDIGER-, al Concejo de Bogotá
D.C., al Departamento Administrativo de la Defensoría
del Espacio Público, a la Unidad Administrativa Espe-
cial de Catastro Distrital, a las Curadurías Urbanas de
Bogotá D.C. y la Comisión de Veedurías de las Cu-
radurías Urbanas de Bogotá D.C., a la Alcaldía Local
de Ciudad Bolívar, a la Alcaldía Local de Soacha, a la
Personería de Bogotá, a la Contraloría de Bogotá D.C.,
y a los propietarios de los predios que se encontraban
sobrepuestos a los polígonos comprendidos en las
medidas de protección adoptadas.
ARTÍCULO TERCERO: Publicar la presente decisión
en el Boletín Legal Ambiental y en la Gaceta Distrital.
ARTÍCULO CUARTO: De conformidad con lo dispues-
to en el artículo 71 de la Ley 99 de 1993 y lo señalado
en el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011, ésta Reso-
lución deberá publicarse en los términos legalmente
establecidos.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, a los veintitrés (23) días del mes
de febrero de dos mil diecisiete (2017).
FRANCISCO JOSÉ CRUZ PRADA
Despacho del Secretario
INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE
Resolución Número 114
(Febrero 21 de 2017)
“Por la cual se adopta el Sistema tipo de
Evaluación del Desempeño Laboral y se
conforma La Comisión Evaluadora para el
Desempeño Laboral de los funcionarios de
Carrera Administrativa y en Período de Prueba
del Instituto Distrital de Recreación y Deporte.”
EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO
DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE
En ejercicio de las facultades estatutarias legales
y en especial el numeral 8 del artículo 19 de la
Resolución 05 de 1997 de la Junta Directiva del
IDRD, el Acuerdo 565 de 2016 proferido por la
Comisión Nacional del Servicio Civil y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 38 de la Ley 909 de 2008 “Por la cual se
expiden normas que regulan el empleo público, la ca-
rrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras
disposiciones”, establece: “(…) El desempeño laboral
de los empleados de carrera administrativa deberá ser
evaluado y calicado con base en parámetros previa-
mente establecidos que permitan fundamentar un juicio
objetivo sobre su conducta laboral y sus aportes al
cumplimiento de las metas institucionales. A tal efecto,
los instrumentos para la evaluación y calicación del
desempeño de los empleados se diseñarán en función
de las metas institucionales (…)”.
Que el artículo 39 de la citada Ley, señala que: “(…)
Los empleados que sean responsables de evaluar el
desempeño laboral del personal, entre quienes, en
todo caso, habrá un funcionario de libre nombramiento
y remoción, deberán hacerlo siguiendo la metodología
contenida en el instrumento y en los términos que
señale el reglamento que para el efecto se expida. El
incumplimiento de este deber constituye falta grave y
será sancionable disciplinariamente, sin perjuicio de
que se cumpla con la obligación de evaluar y aplicar
rigurosamente el procedimiento señalado (…)”.
Que el artículo 40 Ibidem, señala: “Instrumentos de
evaluación. De acuerdo con los criterios establecidos
en esta ley y en las directrices de la Comisión Nacional
del Servicio Civil, las entidades desarrollarán sus sis-
temas de evaluación del desempeño y los presentarán
para aprobación de esta Comisión.
Es responsabilidad del jefe de cada organismo la
adopción de un sistema de evaluación acorde con los
criterios legalmente establecidos. No adoptarlo o no

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