Resolución 1158, por la cual se ordena la apertura de la Licitación Pública número 02 de 2001 - 16 de Junio de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43159052

Resolución 1158, por la cual se ordena la apertura de la Licitación Pública número 02 de 2001

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín44457

DIARIO OFICIAL 44.457 RESOLUCIÓN 1158 14/06/2001 por la cual se ordena la apertura de la Licitación Pública número 02 de 2001. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales y, en especial, de las que le confieren los artículos 11 y 12 de la Ley 80 de 1993 y, CONSIDERANDO: Que la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público, requiere contratar un seguro de automóviles que ampare los vehículos automotores de uso terrestre que sufran pérdidas totales o parciales provenientes de huelgas, asonadas, amotinamientos, conmociones civiles y/o terrorismo, este último cometido únicamente por grupos subversivos, en los términos y alcances contenidos en la póliza ATMINHAC 2001 que hace parte integral de los presentes pliegos de condiciones; Que por la cuantía de la presente contratación, ésta debe someterse al proceso de Licitación Pública, según lo estipulado en el numeral 1 del artículo 24 de la Ley 80 de 1993; Que la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público, cuenta con disponibilidad presupuestal para atender el gasto que demande el contrato que se derive del presente proceso de selección, según consta en el Certificado número 563 de fecha 2001/06/06 para la vigencia Fiscal de 2001 por valor de diez mil quinientos millones de pesos moneda corriente ($10.500.000.000), expedido por la Jefe de la División de Ejecución Presupuestal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y vigencias futuras aprobadas para el año 2002, por valor de veinticuatro mil quinientos millones de pesos moneda corriente ($24.500.000.000), según consta en el Oficio número 00001365 de fecha 12 de junio de 2001, suscrito por el Director General del Presupuesto Público Nacional; Que de conformidad con el numeral 1 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, la apertura de la Licitación en mención debe ordenarse mediante resolución motivada suscrita por el Jefe del organismo respectivo o su delegado, previos los estudios sobre conveniencia y oportunidad del contrato y su adecuación a los planes de inversión de adquisición o compras, presupuesto y ley de apropiaciones, según sea el caso, requisitos que ya se cumplieron; En consecuencia, RESUELVE: Artículo 1°. Ordenar la apertura de la Licitación Pública número 02 de 2001, para contratar un seguro de automóviles que ampare los...

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