Resolución 1172, por la cual se establece el Sistema Nacional de Identificación y Registro de los Especímenes de Fauna Silvestre en condiciones Ex Situ. - 11 de Octubre de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43214839

Resolución 1172, por la cual se establece el Sistema Nacional de Identificación y Registro de los Especímenes de Fauna Silvestre en condiciones Ex Situ.

EmisorMinisterio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial
Número de Boletín45698

El Director de Ecosistemas (E.) del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, en ejercicio de las funciones delegadas por la señora Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, mediante la Resolución 722 de junio 17 de 2004 y en desarrollo de lo previsto en el numeral 21 del artículo de la Ley 99 de 1993, el artículo 6º del Decreto 216 de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 2º de la Resolución 722 de junio 17 de 2004, la señora Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, delegó en el Director de Ecosistemas el expedir los actos administrativos a través de los cuales se establezcan los sistemas de marcaje de las especies silvestres;

Que conforme al artículo 5º, numeral 2 de la Ley 99 de 1993, corresponde al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, regular las condiciones generales para el saneamiento del medio ambiente y el uso, manejo, aprovechamiento, conservación, restauración y recuperación de los recursos naturales, a fin de impedir, reprimir, eliminar o mitigar el impacto de actividades contaminantes, deteriorantes o destructivas del entorno o del patrimonio natural;

Que igualmente el numeral 21 de la misma norma fija como otra de las funciones del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial regular, conforme a la ley, la obtención, uso, manejo, investigación, importación, exportación, así como la distribución y el comercio de especies y estirpes genéticas de fauna y flora silvestres; regular la importación, exportación y comercio de dicho material genético; establecer los mecanismos y procedimientos de control y vigilancia;

Que el numeral 23 de la Ley 99 de 1993, dispone adoptar las medidas necesarias para asegurar la protección de las especies de flora y fauna silvestres, tomar las previsiones que sean del caso para defender las especies en extinción o en peligro de serlo y expedir los certificados a que se refiere la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, Cites;

Que el sistema de marcaje es un instrumento que permite velar y ejercer el control para la conservación de la fauna silvestre en condiciones "ex situ";

Que el artículo 6º, numeral 7 de la Convención sobre el Comercio Internacion al de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, Cites, adoptada como norma interna mediante la Ley 17 de 1981, establece cuando sea apropiado y factible, la autoridad administrativa podrá fijar una marca sobre cualquier espécimen para facilitar su identifi-cación.

Que mediante el Decreto 1401 del 27 de mayo de 1997, se designó al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, como Autoridad Administrativa de Colombia ante la Convención Cites;

Que la Resolución Conf. 8.13 (Rev.), enmendada en la 11ª Reunión de la Conferencia de las Partes de Cites reconoce que los implantes de microchips se están utilizando cada vez más como medio de identificación segura de animales y recomienda que las Partes adopten, sin excluir el empleo de otros métodos, el uso de microchips implantables con códigos permanentes no programables, inalterables y permanentemente únicos como medio de identificación de los animales...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR