Resolución 12, por la cual se regulan los Programas Especiales de Fomento y Desarrollo Agropecuario - 16 de Enero de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43170160

Resolución 12, por la cual se regulan los Programas Especiales de Fomento y Desarrollo Agropecuario

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión Nacional de Crédito Agropecuario
Número de Boletín44678

DIARIO OFICIAL 44.678 RESOLUCIÓN 12 18/12/2001 por la cual se regulan los Programas Especiales de Fomento y Desarrollo Agropecuario. La Comisión Nacional de Crédito Agropecuario, en ejercicio de las facultades que le fueron conferidas en la Ley 16 de 1990, RESUELVE: Artículo 1°. Fijar en doscientos mil millones de pesos ($200.000.000.000) el saldo máximo de cartera de redescuento en Programas Especiales de Fomento y Desarrollo Agropecuario que podrá mantener el Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario, Finagro, durante el año 2002, los cuales podrán otorgarse dentro de las líneas de capital de trabajo existentes para el crédito redescontable en Finagro. Artículo 2°. Se considerarán ¿Programas Especiales de Fomento y Desarrollo Agropecuario¿ los desarrollados bajo esquemas de crédito asociativo y de agricultura por contrato. Dichos programas han de contemplar acuerdos y compromisos formales entre los integrantes de la cadena productiva para el desarrollo de la producción bajo condiciones técnicas adecuadas y eficientes de producción, y a través de los mismos se deberá asegurar la absorción, precio y pago de las cosechas en condiciones preestablecidas acordes con los mercados y de mecanismos que propicien el cumplimiento de las obligaciones a cargo de las partes, incluidas las financieras. Para el efecto, al menos habrán de asegurar: ¿ La disponibilidad y utilización de asistencia técnica, de capacitación y de asesoría idóneas que posibiliten a los productores mejorar las condiciones técnicas y administrativas de producción y comercialización. ¿ El manejo consolidado del crédito, en su gestión, utilización y repago, bajo esquemas de corresponsabilidad entre integradores e integrados. ¿ La consecución de menores costos de asistencia técnica y de insumos para los productores, como consecuencia de los menores costos que se deriven de la concentración de sus demandas y la mayor capacidad de negociación. ¿ El desembolso de los créditos y la entrega a los productores integrados de conformidad con el cronograma de ejecución establecido para el correspondiente programa. ¿ La celebración de contratos que aseguren la comercialización de la producción y la constitución de mandatos de pagos de los productores para que directamente los compradores de las cosechas y/o...

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