Resolución 1399, por la cual se autoriza a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Pereira S. A. E.S.P., para gestionar la contratación de un empréstito externo, hasta por la suma de US $38.600.000 de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas, con garantía de la Nación - 2 de Julio de 1999 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43290269

Resolución 1399, por la cual se autoriza a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Pereira S. A. E.S.P., para gestionar la contratación de un empréstito externo, hasta por la suma de US $38.600.000 de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas, con garantía de la Nación

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín43629

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confieren el Decreto Reglamentario 2681 de 1993 y la Ley 344 de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 344 de 1996, el Consejo Nacional de Política Económica y Social ¿Conpes¿ en sesión del 31 de mayo de 1999 y, la Comisión Interparlamentaria de Crédito Público en sesión del 3 de junio de 1999, emitieron concepto favorable sobre el otorgamiento de la garantía de la Nación al crédito e xterno que proyecta celebrar la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Pereira S. A. E.S.P. hasta por la suma de treinta y ocho millones seiscientos mil dólares (US$38.600.000) de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas, destinado al financiamiento parcial de la primera fase del ¿Plan Maestro de Acueducto y Saneamiento Hídrico de Pereira¿,

RESUELVE:

Artículo 1° Autorizar a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Pereira S

A. E.S.P. para gestionar un empréstito externo hasta por la suma de treinta y ocho millones seiscientos mil dólares (US$38.600.000) de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas, destinados al financiamiento parcial de la primera fase del ¿Plan Maestro de Acueducto y Saneamiento Hídrico de Pereira¿, en las condiciones financieras que apruebe la Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Artículo 2° Previo el otorgamiento de la garantía por parte de la Nación al empréstito externo que con el cumplimiento de los requisitos legales contrate la Empresa...

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