Resolución 1451, por la cual se autoriza la corrección del número único de identificación personal en unos registros civiles de nacimiento - 2 de Mayo de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43155330

Resolución 1451, por la cual se autoriza la corrección del número único de identificación personal en unos registros civiles de nacimiento

EmisorVarios - Registraduría Nacional del Estado Civil
Número de Boletín44406

DIARIO OFICIAL 44.406 RESOLUCIÓN 1451 20/04/2001 por la cual se autoriza la corrección del número único de identificación personal en unos registros civiles de nacimiento. El Registrador Nacional del Estado Civil, en uso de sus facultades constitucionales y legales, y CONSIDERANDO QUE: Por mandato del artículo 266 inciso 2° de la Constitución Política de Colombia, corresponde al Registrador Nacional, entre otras funciones, la identificación de las personas; Por Resolución número 0146 del 18 de enero de 2000, la Registraduría Nacional adopta el Número Unico de Identificación Personal, NUIP, para la identificación de los colombianos; La administración del NUIP es centralizada a cargo de la Registraduría Nacional del Estado Civil, y su asignación es desconcentrada en cada una de las Oficinas de Registro Civil; Mediante Resolución número 0147 del 18 de enero de 2000 se asignan códigos a las Oficinas de Registro Civil; El doctor Filadelfo Velásquez Barrera, Registrador Auxiliar del Estado Civil de Fontibón, Localidad 09, por intermedio de los señores Registradores Distritales, informa a la Dirección Nacional de Registro Civil que se presentó duplicidad en la asignación del NUIP, contrariando la esencia misma de la identificación, en cuanto a que debe ser único; Que la Dirección Nacional de Registro Civil de acuerdo con comunicación escrita de la firma Sagem, determinó que efectivamente se presentó duplicidad en la asignación del NUIP, por inconvenientes de carácter técnico, en virtud que la Registraduría Auxiliar de Fontibón, siendo On-Line, debió cambiarse a no informatizada, para atender requerimientos de usuarios, ello por cuanto el archivo magnético no se encuentra actualizado; Es necesario corregir el número único de identificación personal, NUIP, asignado a los registros civiles de nacimiento efectuados en la Registraduría Auxiliar de Fontibón L-09, los cuales se relacionan en la parte resolutiva de este proveído, con el fin de lograr su identificación individual; En razón y mérito de lo anterior, RESUELVE: Artículo 1°. El número único de identificación personal (NUIP), de los registros civiles de nacimiento efectuados en la Registraduría Auxiliar de Fontibón L-09, que se relacionan a continuación, quedará así: SERIAL NUIP APELLIDOS NOMBRES 30920792 A4B0300214 CALDERON LOMBO ALIX JOHANNA 30920793 A4B0300215 FULA RODRIGUEZ CESAR STIVEN 30920794 A4B0300216 REY FERNANDEZ MILTON STIVEN 30920795 A4B0300217 CACERES GONZALEZ SNEIDER ORLANDO...

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