Resolución 1495, por la cual se fija fecha de apertura y cierre de la convocatoria para la postulación al subsidio familiar de vivienda urbana para hogares afectados por situación de desastre en el municipio de Manizales (Caldas); calamidad pública en el corregimiento de Villa Restrepo municipio de Ibagué (Tolima) y Pacho (Cundinamarca). - 10 de Octubre de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43242668

Resolución 1495, por la cual se fija fecha de apertura y cierre de la convocatoria para la postulación al subsidio familiar de vivienda urbana para hogares afectados por situación de desastre en el municipio de Manizales (Caldas); calamidad pública en el corregimiento de Villa Restrepo municipio de Ibagué (Tolima) y Pacho (Cundinamarca).

EmisorVarios - Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda
Número de Boletín46417

La Coordinadora del Grupo Sistema Nacional de Subsidios, encargada de las funciones de la Dirección Ejecutiva del Fondo Nacional de Vivienda, en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias y de conformidad con lo establecido por el artículo 31 del Decreto 975 de 2004 y Decreto 2480 de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 03 de 1991, en su artículo 6° define el Subsidio Familiar de Vivienda como un aporte estatal en dinero o en especie otorgado por una sola vez al beneficiario con el objeto de facilitarle una solución de vivienda de interés social, sin cargo de restitución siempre que el beneficiario cumpla con las condiciones que establece la Ley;

Que de conformidad con el artículo 31 del Decreto 975 de 2004, a los representantes legales de las entidades otorgantes, en este caso, al Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda, le corresponde fijar las fechas de apertura y cierre para adelantar los procesos de postulación al subsidio familiar de vivienda;

Que podrán participar en esta convocatoria aquellos hogares que se encuentren debidamente inscritos en el censo oficial de acuerdo con lo prescrito en el artículo primero del Decreto 2480 de 2005 y cumplan con los requisitos establecidos en la normatividad vigente que regula el subsidio familiar de vivienda para estas situaciones;

Que hay un número importante de hogares afectados por situación de desastre y calamidad pública en los siguientes municipios, situación reconocida en el respectivo acto administrativo así:

DEPARTAMENTO

MUNICIPIO

ACTO ADMINISTRATIVO

CALDAS

MANIZALES

DECRETO 1080 DE 2003 DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA POR EL CUAL SE DECLARA LA EXISTENCIA DE UNA SITUACION DE DESASTRE DE CARACTER MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE MANIZALES DEPARTAEMTNO DE CALDAS

TOLIMA

IBAGUE

CORREGIMIENTO VILLA RESTREPO

RESOLUCION 38 DE 2006 DE LA DIRECCION DE PREVENCION Y ATENCION DE DESASTRES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA, POR LA CUAL SE DECLARA LA SITUACION DE CALAMIDAD PUBLICA Y SE RECONOCE AFECTACION EN EL MUNICIPIO DE IBAGUE, CORREGIMIENTO VILLA RESTREPO DEPARTAMENTO DEL TOLIMA

CUNDINAMARCA

PACHO

RESOLUCION 37 DE 2006 DE LA DIRECCION DE PREVENCION Y ATENCION DE DESASTRES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA, POR LA CUAL SE DECLARA LA SITUACION DE CALAMIDAD PUBLICA Y SE RECONOCE AFECTACION EN EL MUNICIPIO DE PACHO CUNDINAMARCA.

Que el Ministerio de Ambiente, Vivienda y...

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