Resolución 1515, por la cual se acepta la promoción de un acuerdo de reestructuración - 28 de Julio de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43162163

Resolución 1515, por la cual se acepta la promoción de un acuerdo de reestructuración

EmisorSuperintendencias - Superintendencia Nacional de Salud
Número de Boletín44501

DIARIO OFICIAL 44.501 RESOLUCIÓN 1515 24/07/2001 por la cual se acepta la promoción de un acuerdo de reestructuración. La Superintendente Nacional de Salud, en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias conferidas en los Decretos 1259 de 1994, la Ley 550 de 1999 y demás normas concordantes y complementarias, y CONSIDERANDO: Que el numeral 5° del artículo 4º del Decreto 1259 de 1994, establece como sujetos de inspección, vigilancia y control de la Superintendencia Nacional de Salud, a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, que integran los subsectores oficial y privado del Sector Salud, así como de otros sectores cualquiera sea su naturaleza y denominación; Que la Ley 550 de 1999, estableció un régimen para promover y facilitar la reactivación empresarial, aplicable a toda empresa que opere de manera permanente en el territorio nacional correspondiente a actividades de carácter empresarial, promovidos a solicitud de los empresarios, los acreedores o de oficio por quienes desempeñan, entre otros, las funciones de vigilancia y control, entre ellos, la Superintendencia Nacional de Salud; Que esta Superintendencia en virtud de lo previsto en el artículo 6º de la citada ley, está facultada para aceptar las solicitudes de promoción de acuerdos de reestructuración de las entidades que se encuentren bajo su inspección, vigilancia y control; Que la Ley 617 de 2001 en el artículo 69, establece que ¿En el caso del sector descentralizado la promoción le corresponderá ejercerla a la Superintendencia que ejerza inspección, control o vigilancia sobre la respectiva entidad¿; Que con fecha dos (2) de julio de 2001, la doctora Mónica Santamaría, Gerente Encargada de la Institución Prestadora de Servicios de Salud Ese Centro de Salud Palmar de Varela, de Palmar de Varela, Atlántico, solicitó a la Superintendencia Nacional de Salud la Promoción del Acuerdo de Reestructuración en los términos de la Ley 550 de 1999, de la institución que representa; Que una vez evaluada la solicitud por parte de esta Superintendencia, se encontró que no cumplía con la totalidad de los requisitos consagrados en la Ley 550 de 1999, ante lo cual se requirió para el efecto; Que mediante Decreto 33 de junio 27 de 2001, emanado de la Alcaldía de Palmar de Varela, se aceptó la renuncia de la doctora Mónica Santamaría Bastidas, como Gerente de la Ese Centro de Salud Palmar de Varela y se designó en su reemplazo por un período de 30 días al doctor Francisco Líder...

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