Resolución 1519, por la cual se fija fecha para la apertura y cierre de la convocatoria para la postulación de hogares damnificados por atentados terroristas al subsidio familiar de vivienda. - 10 de Octubre de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43242669

Resolución 1519, por la cual se fija fecha para la apertura y cierre de la convocatoria para la postulación de hogares damnificados por atentados terroristas al subsidio familiar de vivienda.

EmisorVarios - Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda
Número de Boletín46417

El Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias y de conformidad con lo establecido por el artículo 31 del Decreto 975 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 03 de 1991, en su artículo 7° define que ¿(¿) podrán ser beneficiarios del Subsidio F amiliar de Vivienda los hogares de quienes se postulen para recibir el subsidio, por carecer de recursos suficientes para obtener una vivienda, mejorarla o habilitar legalmente los títulos de la misma; el reglamento establecerá las formas de comprobar tales circunstancias (¿)¿

Que el artículo 8° numeral 3 del Decreto 555 de 2003 determina la competencia del Director Ejecutivo para expedir los actos administrativos del Fondo.

Que de conformidad con el artículo 31 del Decreto 975 de 2004, a los representantes legales de las entidades otorgantes, en este caso, al Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda, le corresponde fijar las fechas de apertura y cierre para adelantar las postulaciones al subsidio familiar de vivienda.

Que resulta viable otorgar subsidio familiar de vivienda a las víctimas de los atentados terroristas, que cumplan con los supuestos normativos establecidos en la Ley 418 de 1997 modificada por la Ley 782 de 2002 y el Acuerdo 006 de 2003 del Fondo Nacional de Vivienda.

Que existe un número importante de hogares damnificados por atentados terroristas que aún no han sido atendidos y que de acuerdo con la Ley 418 de 1997 deben ser beneficiados con subsidio familiar de vivienda.

Que el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial con fundamento en lo previsto en el artículo 1º del Decreto 875 de 2006, realizó la distribución de recursos para la asignación del Subsidio Familiar de Vivienda, mediante las Resoluciones números 326, 566, 652, 1237 y 1554 de 2006. En estos actos, se incluye la partida correspondiente para atención por medio de subsidios familiares de vivienda a los hogares damnificados por atentados terroristas.

Que el Consejo Direc tivo del Fondo Nacional de Vivienda en desarrollo de las facultades consagradas en el Decreto 555 de 2003 expidió el...

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