Resolución 1527, por la cual se efectúa una distribución y un traslado en el presupuesto de gastos de funcionamiento del Ministerio de Hacienda y Crédito
Emisor | Ministerio de Hacienda y Crédito Público |
Número de Boletín | 44899 |
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en ejercicio de la facultad que le confieren los artículos 25 de la Ley 714 de 2001, 26 del Decreto 2888 de 2001 y 34 del Decreto 568 de 1995, y
CONSIDERANDO:
Que los artículos, 25 de la Ley 714 de 2001 y 26 del Decreto 2888 de 2001 disponen que: ¿Se podrán hacer distribuciones en el Presupuesto de Ingresos y Gastos, sin cambiar su destinación ni cuantía, mediante resolución suscrita por el Jefe del respectivo órgano. En el caso de los Establecimientos Públicos del orden nacional estas distribuciones se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos. Si no existen Juntas o Consejos Directivos lo hará el Representante Legal de éstos¿;
Que en los artículos citados también se establece que: ¿A fin de evitar duplicaciones en los casos en los cuales la distribución afecte el Presupuesto de otro órgano que haga parte del Presupuesto General de la Nación, el mismo acto administrativo, servirá de base para disminuir las apropiaciones del órgano que distribuye e incorporar las del órgano receptor. La ejecución presupuestal de éstas deberá iniciarse en la misma vigencia de la distribución, en caso de requerirse se abrirán subordinales;
Que en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para la vigencia fiscal de 2002, existe apropiación en la Unidad 1301-01, Cuenta 4 Transferencias de Capital, Subcuenta 2 Otras Transferencias, Objeto del Gasto 1 Destinatarios de las Otras Transferencias de Capital, Ordinal 3 Transferencia a los Municipios con Resguardos Indígenas artículo 24 Ley 44 de 1990, artículo 184 Ley 223 de 1995, que requiere ser distribuida parcialmente;
Que la Coordinadora de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público certificó el 18 de junio de 2002, la existencia de apropiación disponible por $5.000.000.000 de la cual se utilizó el valor de $1.570.639.529 en la Resolución número 1153 del 25 de junio de 2002, y se utiliza en la presente resolución el saldo por valor de $3.429.360.471;
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 34 del Decreto 568 de 1996, las modificaciones al anexo del decreto de liquidación que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda o los subprogramas de inversión aprobados por el Congreso, se harán mediante resolución expedida por el jefe del órgano respectivo y requerirán para su validez de la aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público ‑ Dirección General del Presupuesto Nacional. Si se trata de gastos de inversión se requerirá además del concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación;
Que en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Hacienda y Crédito Público ‑ Gestión General para la vigencia fiscal de 2002, existen recursos disponibles y por estar libres de afectación presupuestal, pueden ser contracreditados;
Que la Coordinadora de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 620 del 5 de agosto de 2002, la existencia de apropiación disponible por $1.400.000.000, en la Unidad 1301‑01, Cuenta 3 Transferencias Corrientes, Subcuenta 2 Transferencias al Sector Público, Objeto del Gasto 1 Administración Pública Central, Ordinal 20 Otras Transferencias Distribución Previo Concepto DGPN, de la cual se utiliza el $1.355.933.787 en la Presente resolución,
RESUELVE:
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
UNIDAD 1301‑01 GESTION GENERAL
Cuenta 4 Transferencias de capital
Subcuenta 2 Otras transferencias
Objeto del gasto 1 Destinatarios de las otras transferencias de capital
Ordinal 3 Transferencia a los municipios con resguar- dos indígenas artículo 24 Ley 44 de 1990, artículo 184 Ley 223 de 1995
Recurso 10 Recursos corrientes
Subordinal 6 Municipio de Leticia - Amazonas
Artículo 184, Ley 223 de 1995 $601.735.803
Subordinal 7 Municipio de Puerto Nariño - Amazonas
Artículo 184, Ley 223 de 1995 $48.871.247
Subordinal 8 Municipio de Apartadó - Antioquia
Artículo 184, Ley 223 de 1995 $1.138.211
Subordinal 9 Municipio de Ciudad Bolívar - Antioquia
Artículo 184, Ley 223 de 1995 $1.005.771
Subordinal 10 Municipio de Chigorodó - Antioquia
Artículo 184, Ley 223 de 1995 $25.778.625
Subordinal 11 Municipio de Dabeiba - Antioquia
Artículo 184, Ley 223 de 1995 $67.575.794
Subordinal 12 Municipio de Ituango - Antiquia
Artículo 184, Ley 223 de 1995 $1.292.284
Subordinal 13 Municipio de El Jardín - Antioquia
Artículo 184, Ley 223 de 1995 $9.725.697
Subordinal 14 Municipio de Mutatá - Antioquia
Artículo 184, Ley 223 de 1995 $69.799.101
Subordinal 15 Municipio de Necoclí - Antioquia
Artículo 184, Ley 223 de 1995 $16.269.015
Subordinal 16 Municipio de Segovia - Antioquia
Artículo 184, Ley 223 de 1995 $188.691
Subordinal 17 Municipio de Támesis ‑ Antioquia
Artículo 184, Ley 223 de 1995 $236.645
Subordinal 18 Municipio de Valparaíso ‑ Antioquia
Artículo 184, Ley 223 de 1995 $1.978.550
Subordinal 19 Municipio de Urrao ‑ Antioquia
Artículo 184, Ley 223 de 1995 $96.418.804
Subordinal 20 Municipio de Arauca ‑ Arauca
Artículo 184, Ley 223 de 1995 $129.658
Subordinal 21 Municipio de Fortul ‑ Arauca
Artículo 184, Ley 223 de 1995 $7.627.252
Subordinal 22 Municipio de Cubará ‑ Boyacá
Artículo 184, Ley 223 de 1995 $81.556.737
Subordinal 23 Municipio de Belalcázar ‑ Caldas
Artículo 184, Ley 223 de 1995 $1.336.035
Subordinal 24 Municipio de Riosucio ‑ Caldas
Artículo 184, Ley 223 de 1995 $326.667.264
Subordinal 25 Municipio de Florencia ‑ Caquetá
Artículo 184, Ley 223 de 1995 $11.600
Subordinal 26 Municipio de San José de Fragua ‑ Caquetá
Artículo 184, Ley 223 de 1995 $363.329
Subordinal 27 Municipio de Solano ‑ Caquetá
Artículo 184, Ley 223 de 1995 $55.163.474
Subordinal 28 Municipio de Hato Corozal ‑ Casanare
Artículo 184, Ley 223 de 1995 $5.588.092
Subordinal 29 Municipio de Orocué ‑ Casanare
Artículo 184, Ley 223 de 1995 $11.518.369
Subordinal 30 Municipio de Paz de Ariporo ‑...
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