Resolución 155-002663 - 27 de Septiembre de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43181821

Resolución 155-002663

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Sociedades
Número de Boletín44946

El Superintendente de Sociedades, en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO:

Primero. Que la sociedad Industria Pasteurizadora y Lechera El Pomar S.A., con domicilio en Cajicá, Cundinamarca, solicitó a esta Superintendencia se le aceptara la promoción de un acuerdo de reestr ucturación en los términos y con las formalidades previstas en la Ley 550 de 1999, a través de la radicación número 2002‑01‑074454 del 31 de mayo de 2002.

Segundo. Que mediante oficio 155‑2001‑01‑090132 del 10 de julio de 2002, esta Superintendencia aceptó la promoción del acuerdo de reestructuración de la citada sociedad y designó como promotor al doctor Carlos Alberto Cardona Mejía.

Tercero. que el artículo 17 de la Ley 550 de 1999, establece que las empresas en acuerdo de reestructuración no podrán adoptar reformas estatutarias, constituir o ejecutar garantías o cauciones a favor de los acreedores de la empresa que recaigan sobre bienes propios del empresario, incluyendo fiducias mercantiles o encargos fiduciarios, ni podrán efectuarse compensaciones, pagos, arreglos, conciliaciones o transacciones de obligaciones, enajenación de bienes u operaciones que no correspondan al giro ordinario de la empresa, compensaciones de depósitos en cuenta...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR