Resolución 1560, por la cual se convoca a las entidades territoriales y a las organizaciones jurídicamente reconocidas de los sectores económico, social, comunidades isleñas raizales y las organizaciones no gubernamentales cuyo objeto sea la protección y defensa de los derechos de la mujer, a conformar las ternas para la designación de los miembros que en su representación conformarán el Consejo Nacional de Planeación. - 15 de Septiembre de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43241675

Resolución 1560, por la cual se convoca a las entidades territoriales y a las organizaciones jurídicamente reconocidas de los sectores económico, social, comunidades isleñas raizales y las organizaciones no gubernamentales cuyo objeto sea la protección y defensa de los derechos de la mujer, a conformar las ternas para la designación de los miembros que en su representación conformarán el Consejo Nacional de Planeación.

Número de Boletín46392

El Subdirector del Departamento Nacional de Planeación, encargado de las funciones del Despacho de la Directora del mismo organismo, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las que le confieren la Ley 152 de 1994, el Decreto 2250 de 2002 y el Decreto 195 de 2004,

RESUELVE:

Artículo 1°

Convocar a las entidades territoriales correspondientes a los municipios pertenecientes al grupo uno y cinco (municipios de los departamentos de Amazonas, Caquetá, Putumayo, Arauca, Casanare, Guainía, Guaviare, Meta, Vaupés y Vichada) y al grupo tres (municipios de Atlántico, Bolívar, Cesar, Córdoba, La Guajira, Magdalena, Sucre y el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina); a las entidades territoriales correspondientes a los departamentos pertenecientes a los grupos uno, dos, tres y cuatro (Amazonas, Caquetá, Putumayo; Boyacá, Cundinamarca, Huila, Norte de Santander, Santander, Tolima, Atlántico, Bolívar, Cesar, Córdoba, La Guajira, Magdalena, Sucre, el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, Antioquia, Cauca, Caldas, Chocó, Nariño, Quindío, Risaralda y Valle del Cauca); y a las organizaciones jurídicamente reconocidas de los sectores económico, social, comunidades isleñas raizales del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, y las organizaciones no gubernamentales cuyo objeto sea la protección y defensa de los derechos de la mujer, para que presenten las ternas que serán remitidas al Presidente de la República a fin de dar cumplimento a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 152 de 1994, que señala la obligatoriedad de reemplazar el 50% de los integrantes del Consejo Nacional de Planeación cada cuatro años, y se designe a:

Cuatro (4) representantes de las entidades territoriales correspondientes a los departamentos; dos (2)...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR