Resolucion 15633 - 2007 de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de 18 de Diciembre de 2007 - Normativa - VLEX 408649562

Resolucion 15633 - 2007 de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de 18 de Diciembre de 2007

RESOLUCIÓN NÚMERO 15633

(18 DIC. 2007 )

Por la cual se señalan algunos contribuyentes, responsables y agentes retenedores que por sus características operacionales deben ser calificados como grandes contribuyentes por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y se excluyen otros contribuyentes, responsables y agentes retenedores de la calificación de grandes contribuyentes.

EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

En uso de sus facultades legales y, especialmente de las consagradas en el artículo 562 del Estatuto Tributario y literales b), modificado por el artículo 3 del Decreto 4271 de noviembre 23 de 2005, y n) del artículo 19 del Decreto 1071 de junio de 1.999,

RESUELVE

ARTÍCULO 1. Calificar como grandes contribuyentes, además de las sociedades y entidades calificadas como grandes contribuyentes mediante las resoluciones números 7029 de noviembre 22 de 1996, 7714 de diciembre 16 de 1996, 3371 de diciembre 22 de 1997, 8836 de diciembre 18 de 1998, 9008 de diciembre 24 de 1998, 3876 de diciembre 22 de 1999, 10738 de diciembre 22 de 2000, 2140 de marzo 7 de 2001, 11076 de diciembre 14 de 2001, 12506 de diciembre 26 de 2002, 10520 de diciembre 18 de 2003, 11944 de diciembre 23 de 2004, 2202 de marzo 30 de 2005, 12570 de diciembre 23 de 2005, 15353 de diciembre 21de 2006, 0668 de enero 26 de 2007 y 12774 de octubre 30 de 2007, las siguientes sociedades y entidades:

Nota:

El listado de las sociedades y entidades a que se refiere este artículo, puede ser consultado en el Diario Oficial No. 46.849 del 21 de diciembre de 2007.

Parágrafo. Las sociedades y entidades que se califican como grandes contribuyentes adquieren a partir de la vigencia de la presente Resolución la calidad de agentes de retención del impuesto sobre las ventas y deberán cumplir con las correspondientes obligaciones.

ARTÍCULO 2. Excluir de la calificación de grandes contribuyentes las siguientes sociedades y entidades:

Nota:

El listado de las sociedades y entidades a que se refiere este artículo, puede ser consultado en el Diario Oficial No. 46.849 del 21 de diciembre de 2007.

ARTÍCULO 3. Agentes de retención en el impuesto sobre las ventas. Las sociedades que se excluyen de la calificación de grandes contribuyentes en el artículo 2 de la presente Resolución:

  1. Pierden la calidad de agentes de retención del impuesto sobre las ventas a que se refiere el numeral 2 del artículo 437-2 del Estatuto Tributario.

  2. Serán sujetos de retención en la fuente a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR