Resolución 1599, por la cual se autoriza al Departamento de Cundinamarca para celebrar la contratación de un empréstito externo con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento -BIRF- hasta por la suma de quince millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$15.000.000) y celebrar operaciones de manejo de deuda y a la Nación para el otorgamiento de la respectiva garantía. - 10 de Septiembre de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43197291

Resolución 1599, por la cual se autoriza al Departamento de Cundinamarca para celebrar la contratación de un empréstito externo con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento -BIRF- hasta por la suma de quince millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$15.000.000) y celebrar operaciones de manejo de deuda y a la Nación para el otorgamiento de la respectiva garantía.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín45306

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en especial de las que le confieren los artículos 5°, 10, 24 y 27 del Decreto 2681 de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Ministerial No. 2374 del 13 de noviembre de 2002, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorizó al Departamento de Cundinamarca para gestionar empréstitos externos con la Banca Multilateral hasta por la suma de Treinta y Seis Millones Setecientos mil dólares de los Estados Unidos de América (US$36.700.000) o su equivalente en otras monedas, destinados a financiar parcialmente el Plan de Desarrollo ¿Trabajemos juntos por Cundinamarca¿;

Que con base en la citada resolución, el departamento de Cundinamarca, gestionó un empréstito externo con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, BIRF, por la suma de quince millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$15.000.000);

Que el literal b) del artículo 10 del Decreto 2681 de 1993 establece que la celebración de contratos de empréstito externo por parte de la entidades territoriales requiere autorización para suscribir el contrato, impartida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público con base en la minuta definitiva del mismo;

Que la Dirección General de Crédito Público mediante oficio No. 6.4.2- 031796 del 27 de agosto de 2003, aprobó los términos de la minuta de contrato de préstamo y de garantía para el Proyecto de Mejoramiento de la Calidad de la Educación en Cundinamarca, objeto de la presente autorización;

Que el artículo 5° del Decreto 2681 de 1993 establece que constituyen operaciones propias de manejo de la deuda pública las que no incrementan el endeudamiento neto de la entidad estatal y contribuyan a mejorar el perfil de la deuda de la misma;

Que el artículo 27 de Decreto 2681 de 1993 establece que la celebración de operaciones para el manejo de la deuda externa de las entidades territoriales, entre otras requiere autorización impartida mediante resolución del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la cual se puede otorgar siempre y...

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