Resolución 1603, por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución 0481 de abril 4 de 2001 de la Dirección General de Comercio Exterior - 18 de Septiembre de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43164898

Resolución 1603, por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución 0481 de abril 4 de 2001 de la Dirección General de Comercio Exterior

EmisorMinisterio de Comercio Exterior
Número de Boletín44555

DIARIO OFICIAL 44.555 RESOLUCIÓN 1603 10/09/2001 por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución 0481 de abril 4 de 2001 de la Dirección General de Comercio Exterior. El Director General de Comercio Exterior, en uso de sus facultades legales especialmente las consagradas en el artículo 18 del Decreto 2553 de 1999 y de acuerdo a lo preceptuado por el artículo 5º parágrafo 1 de la Resolución 01 de 1995 del Consejo Superior de Comercio Exterior, y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución número 0481 de 4 de abril de 2001 de la Dirección General de Comercio Exterior (en adelante - DGCE) se señalan los requisitos de descripciones mínimas de las mercancías objeto de importación y se unifica la regulación contenida en las Resoluciones 2130 y 5401 de abril 22 y agosto 21 de 1998, respectivamente; Que es necesario modificar la Resolución 0481, teniendo en cuenta que se deben precisar y corregir las especificaciones y ejemplos de algunas partidas y subpartidas contenidas en la mencionada resolución en los siguientes casos: ¿ Que en la partida arancelaria 3215 página 13, en el ejemplo se escribió ¿oso¿ por error, en consecuencia se debe corregir por líquido pastoso. ¿ En la partida arancelaria 3303 página 13, la descripción debe incluir uso y quitar nombre genérico o técnico. ¿ En la subpartida arancelaria 3917400000 página 28 se escribió por error en el ítem diámetro nominal equivalente en: ejemplo:...¿3x21¿, en consecuencia se debe corregir por 33 x 21. ¿ En la subpartida arancelaria 4111000000 página 33, en la descripción se escribió por error ¿placas¿, por lo tanto se debe corregir por planchas. ¿ En la subpartida arancelaria 8516602000 página 83, en la descripción debe excluirse del ejemplo horno microondas. ¿ En la subpartida arancelaria 8544609000 página 92, el ejemplo de la especificación Tensión de trabajo se escribió ¿150V, 300V, 600V, etc, debe corregirse por 5000V, 15000V, 34500V, etc. ¿ En las subpartidas arancelarias 8407320000, 8407330000 y 8407340000 página 56 y 57, 8409991000 página 58, 8450190000 página 67, 8452290000 página 68, 8501519000 página 79, 8506109100 página 81, 8518290000, 8523110090 y, 8523300000 y 8524600000 página 84, 8527310000 página 85, 8546900000 página 93, 8707909000 página 96, 8708100000 página 97, 8708910000 y 8708920000 página 101, 8708992100 página 102, 8708993300 página 103, 8708999310 página 104, la descripción debe precisarse de conformidad con lo dispuesto en el Arancel de Aduanas. En consecuencia la aclaración se hará en tal sentido. ¿ En las subpartidas arancelarias 9501000000, 9502100000, 9503100000, 9503200000, 9503300000, 9503410000, 9503490000, 9503600000, 9503700000 y 9503900000, se hace necesario agrupar en una sola descripción mínima la identificación de las mercancías importadas por las mismas. ¿ En las subpartidas arancelarias 9504400000, 9504901000, 9504902000 y 9504909000, se hace necesario agrupar en una sola descripción mínima la identificación de las mercancías importadas por las mismas. ¿ En la subpartida arancelaria 9504200000, se hace necesario corregir el ejemplo y las especificaciones de la descripción; Que además, se hace necesario incorporar en la presente Resolución nuevos requisitos de descripciones mínimas de mercancías objeto de importación, correspondientes a la partida arancelaria 39.15. y a la subpartida arancelaria 73.15.82.00.00. En mérito de lo anterior y para la adecuada aplicación de la Resolución 0481 del 4 de abril de 2001, la Dirección General de Comercio Exterior, RESUELVE: Artículo 1°. Modificar parcialmente el artículo 1º de la Resolución 0481 del 4 de abril de 2001 de la Dirección General de Comercio Exterior, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución, las cuales quedarán así: 1. La subpartida arancelaria 32.15: Tintas de imprenta, tintas para escribir o dibujar y demás tintas incluso concentradas o sólidas Nombre técnico: Nombre comercial: Marca: Referencia: Empresa fabricante y país de origen Usos: Ejemplo: impresión de papeles de seguridad, impresión de papel periódico, cartuchos para bolígrafos, estilógrafos, etc...

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