Resolución 165-000469 - 22 de Febrero de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43246836

Resolución 165-000469

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Sociedades
Número de Boletín46550

El Superintendente de Sociedades, en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Primero. Que mediante Resolución 510-0485 de 2006, fue expedido el reglamento para los programas de bienestar, capacitación y estímulos de la Superintendencia de Sociedades.

Segundo. Que en el Título IV, Capítulo II, artículo 30, literal b), de la citada resolución fue reglamentado el otorgamiento de estímulos por la modalidad de evaluación del desempeño.

Tercero. Que el Comité de Bienestar, en sesión del 28 de noviembre de 2006, según Acta 04 de 2006, ordenó modificar la reglamentación existente en materia de otorgamiento de estímulos por la modalidad de evaluación del desempeño, con el propósito de adoptar criterios más representativos de adjudicación, distintos al simple resultado aritmético de los puntajes, con miras a premiar funcionarios integrales que permitan que los procesos de gestión humana sean más constructivos.

Con mérito en lo expuesto anteriormente, este Despacho

RESUELVE:

Artículo 1° Modifíquese el Título IV, Capítulo II, artículo 30, literal b), de la Resolución 510-0485 del 2 de marzo del 2006, el cual quedará así:
  1. Modalidad de estímulos por evaluación de desempeño: Busca incentivar los mejores s ervidores con base en los resultados obtenidos en el proceso de Evaluación del Desempeño de conformidad con las disposiciones de la Resolución 510-003642 de 2006.

Una vez obtenidos los resultados del proceso de Evaluación del Desempeño, el Comité de Bienestar revisará las calificaciones con el objeto de incentivar a los mejores servidores entre quienes hayan obtenido puntajes en el nivel sobresaliente, entre 90 y 100 puntos, debidamente soportadas en evidencias medibles y comprobables.

La diferencia entre los puntajes obtenidos por los servidores calificados en el nivel sobresaliente no será criterio automático de adjudicación de incentivos, es decir, los incentivos no son necesariamente para los mejores puntajes, sino para los mejores servidores.

Para otorgar los estímulos el Comité de Bienestar tendrá toda la discrecionalidad, de acuerdo a la valoración que haga de cada servidor con respecto a:

¿ La dimensión y alcance de los resultados innovadores o sobresalientes obtenidos.

¿ Las conductas observables que evidencian competencias organizacionales...

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