Resolución 165-003636 - 8 de Noviembre de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43229936

Resolución 165-003636

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Sociedades
Número de Boletín46086

El Superintendente de Sociedades, en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que según lo dispone el artículo 115, inciso 2°, de la Ley 489 de 1998, los representantes legales de las entidades podrán crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo;

Que de conformidad con lo establecido en el numeral 13 del artículo 4° del Decreto-ley 1080 de 1996, corresponde al Superintendente de Sociedades crear, organizar y suprimir grupos internos de trabajo, teniendo en cuenta la estructura interna, las necesidades del servicio y los planes y programas trazados por la Superintendencia de Sociedades;

Que según lo dispone el numeral 16 del precitado artículo, corresponde al Superintendente de Sociedades asignar y distribuir las competencias de las distintas dependencias administrativas de la entidad para el mejor desempeño en la prestación del servicio;

Que con mérito en lo anteriormente expuesto, este Despacho,

RESUELVE:

Artículo 1° De los Grupos Internos de Trabajo de la Delegatura de Inspección, Vigilancia y Control

El Grupo de Actuaría de la Superintendencia de Sociedades quedará...

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