Resolución 170, por la cual se le asigna a la Procuraduría Auxiliar para Asuntos Disciplinarios la función de practicar las pruebas en los procesos disciplinarios de competencia del Procurador General de la Nación. - 16 de Junio de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43223044

Resolución 170, por la cual se le asigna a la Procuraduría Auxiliar para Asuntos Disciplinarios la función de practicar las pruebas en los procesos disciplinarios de competencia del Procurador General de la Nación.

EmisorVarios - Procuraduría General de la Nación
Número de Boletín45941

El Procurador General de la Nación, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, especialmente las atribuidas en el artículo 7º, numeral 6, 7, 8, 18 y parágrafo, incisos 1º y 2º del Decreto-ley 262 de 2000,

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 277, numeral 6, de la Constitución Política, le corresponde al Procurador General de la Nación, por sí o por medio de sus Delegados y Agentes "Ejercer vigilancia superior de la conducta oficial de quienes desempeñen funciones públicas, inclusive las de elección popular; ejercer preferentemente el poder disciplinario; adelantar las investigaciones correspondientes, e imponer las respectivas sanciones conforme a la ley";

Que de acuerdo con el artículo 278, numeral 1, de la Constitución Política el Procurador General de la Nación ejerce directamente la función de "Desvincular del cargo, previa audiencia y mediante decisión motivada, al funcionario público que incurra..." en alguna de las faltas establecidas en dicho numeral;

Que en desarrollo de las mismas el artículo 7º, numerales 21, 22, 23, 24, 25, y 26 del Decreto-ley 262 de 2000, determina los asuntos cuyo conocimiento son de competencia del Procurador General de la Nación;

Que el artículo 9º, numeral 1 del mencionado decreto, asignó a la Procuraduría Auxiliar para Asuntos Disciplinarios la función de proyectar los actos administrativos de fondo para la consideración del Procurador General de la Nación, dentro de los procesos disciplinarios de su competencia;

Que de conformidad con el numeral 2 del precitado artículo la Procuraduría Auxiliar para Asuntos Disciplinarios tiene la función de "tomar las decisiones de sustanciación en los procesos disciplinarios de su competencia del Procurador General";

Que el artículo 10, numeral 1 del Decreto-ley 262 de 2000 encargó en la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales la función de "Adelantar las indagaciones preliminares e investigaciones disciplinarias que le asigne o delegue el Procurador General";

Que se hace necesario garantizar la eficiencia y eficacia en el ejercicio de las demás funciones que ostenta la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales, entre ellas las de Policía Judicial y de apoyo técnico;

Que con el fin de hacer efectivos los principios de inmediación probatoria y celeridad, dentro de los procesos disciplinarios de competencia del Procurador General...

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