Resolución 1700, por la cual se deja sin efecto la aplicación de los derechos antidumping provisionales garantizados, impuestos por la Resolución 1761 del 17 de agosto de 2005. - 8 de Agosto de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43240426

Resolución 1700, por la cual se deja sin efecto la aplicación de los derechos antidumping provisionales garantizados, impuestos por la Resolución 1761 del 17 de agosto de 2005.

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín46354

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por los numerales 3 del artículo 59 de la Ley 489 de 1998 y 21 del artículo 7° del Decreto-ley 210 de 2003, y en desarrollo de lo dispuesto en la Resolución 1036 del 6 de julio de 2006 de la Secretaría General de la Comunidad Andina, y

CONSIDERANDO:

Que con fundamento en la autorización otorgada por la Secretaría General de la Comunidad Andina en la Resolución 939 del 26 de julio de 2005, confirmada con Resolución 973 del 8 de noviembre de 2005, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, a través de la Resolución 1761 del 17 de agosto de 2005, impuso derechos antidumping provisionales garantizados, mediante depósitos en efectivo o fianzas, de 48 dólares por metro cúbico, a las importaciones de tableros aglomerados de crudo clasificados en la Subpartida Nandina 4410.31.00, y producidos por Terranova S. A. a través de su empresa Fibranova C. A, o cualquiera de sus filiales, provenientes de la República Bolivariana de Venezuela;

Que mediante Resolución 1036 del 6 de julio de 2006 la Secretaría General de la Comunidad Andina se inhibió de seguir conociendo del trámite de la investigación iniciada mediante la Resolución 905 de 2005; se abstuvo de concluir la investigación con un pronunciamiento definitivo sobre el mérito de la denuncia, y dejó sin efecto la autorización para la aplicación de medidas provisionales otorgada mediante Resolución 939 de 2005 y confirmada con Resolución 973 de 2005;

Que de acuerdo con el artículo 17 de la Decisión 425 del Reglamento de Procedimientos Administrativos de la Secretaría General de la Comunidad Andina, el 11 de julio de 2006 las empresas colombianas Pizano S. A. y Tablemac S. A., interpusieron ante la Secretaría General de la Comunidad Andina Recurso de Reconsideración contra la Resolución 1036 de 2006;

Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 41 de la...

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