Resolución 1716, por la cual se ordena la ejecución presupuestal de un embargo a cargo de la Nación y la depuración del saldo contable correspondient - 1 de Julio de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43210690

Resolución 1716, por la cual se ordena la ejecución presupuestal de un embargo a cargo de la Nación y la depuración del saldo contable correspondient

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín45596

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en especial de las que le confiere la Ley 716 de 2001 y Decreto Reglamentario 1282 de 2002,

CONSIDERANDO:

Que la Ley 716 de 2001 determinó la obligatoriedad de sanear los estados financieros de las entidades públicas y que en el Balance del Ministerio de Hacienda y Crédito Público se refleja un saldo en las cuentas 147013 «Embargos Judiciales» y 299601 «obligaciones en administración administrativa - Cuentas por pagar», que cumple con la condición establecida en el literal a) del artículo de la ley 716 de 2001, por cuanto son valores que afectan la situación patrimonial y no representan ni derechos, ni obligaciones ciertos para la entidad;

Que el Comité Técnico de Saneamiento Contable del Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante su Reglamento estableció un procedimiento el cual contempla la exploración exhaustiva, la cual fue adelantada por la Subdirección Financiera y obtuvo la información que se detalla en la presente resolución, con sus correspondientes soportes;

Que el Tribunal Contencioso Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera, mediante sentencia del 29 de febrero de 1988, en demanda promovida por Blanca Nieves Cuesta viuda de Mahecha en nombre propio y en el de sus menores hijos Blanca Nelly y Javier Mahecha Cuesta, contra la Nación Colombiana, declaró a la Nación - Ministerio de Defensa Nacional Policía Nacional y al departamento de Cundinamarca solidariamente responsables por la muerte del señor Alvaro Mahecha Mahecha, acaecida el 12 de abril de 1977 en el municipio de Caparrapí, Cundinamarca;

Que con el fin de hacer efectiva la sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo de Cundinamarca, Blanca Nieves Cuesta viuda de Mahecha, identificada con cédula de ciudadanía número 44454980 de Bogotá, instauró, por medio de apoderado demanda ejecutiva en contra de la Nación Ministerio de Hacienda y Crédito Público, proceso que fue radicado en el Juzgado Veinticuatro Civil del Circuito de Bogotá;

Que mediante auto de abril 16 de 1993 el Juzgado Veinticuatro Civil del Circuito de Bogotá resolvió librar mandamiento de pago y ordenó dentro del término de cinco días a pagar $1.949.015 como capital, más intereses comerciales corrientes contados a partir del 23 de abril de 1988 al 23 de octubre de 1988 a la tasa de interés del 32.52% anual más intereses moratorios desde el 24 de octubre de 1988 hasta la fecha de cancelación total de la obligación al 4.5% mensual, a favor de Blanca Nieves Cuesta viuda de Mahecha; $487.253 como capital más intereses comerciales corrientes contados a partir del 23 de abril de 1988 al 23 de octubre de 1988 a la tasa de interés del 32.52% anual más intereses moratorios desde el 24 de octubre de 1988 hasta la fecha de cancelación total de la obligación al 4.5%, a favor de Javier Mahecha Cuesta; y $487.253 como capital más intereses comerciales corrientes contados a partir del...

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