RESOLUCION 175 RD 5557
Número de Boletín | REGISTRO DISTRITAL 5557 19 MARZO 2015 |
Emisor | SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, |
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRTO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 49 • Número 5557 • pP. 1-15 • 2015 • MARZO • 19
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. -
SECRETARÍA GENERAL
Resolución Número 174
(Marzo 18 de 2015)
“Por la cual se hace un nombramiento”.
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA
MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.,
En ejercicio de sus facultades legales, en espe-
cial de las conferidas por el Decreto 101 de 2004,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Nombrar al doctor JAVIER DE JE-
SÚS ZAMORA PINZÓN, identicado con la cédula
de ciudadanía Nro. 79.262.417, en el cargo de Jefe
de Ocina Código 006 Grado 08 de la Ocina de Alta
Consejería para los Derechos de las Víctimas, la Paz
y la Reconciliación, de la Secretaría General de la
Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
ARTÍCULO 2°.- Noticar a la doctor JAVIER DE JE-
SÚS ZAMORA PINZÓN, el contenido de la presente
Resolución, a través de la Subdirección de Gestión
Documental de la Secretaría General de la Alcaldía
Mayor de Bogotá, D.C.
ARTÍCULO 3°.- Comunicar a la Subdirección de Ta-
lento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía
Mayor de Bogotá, D.C., el contenido de la presente
Resolución, a través de la Subdirección de Gestión
Documental de la Secretaría General de la Alcaldía
Mayor de Bogotá, D.C., para los trámites legales co-
rrespondientes.
ARTÍCULO 4°.- La presente Resolución rige a partir
de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE,
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los dieciocho (18) días
del mes de marzo de dos mil quince (2015).
MARTHA LUCÍA ZAMORA ÁVILA
Secretaria General
Resolución Número 175
(Marzo 18 de 2015)
“Por la cual se efectúan delegaciones en materia
contractual y se dictan otras disposiciones.”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA
MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL
en ejercicio de sus facultades legales, en espe-
Ley 80 de 1993; 87 del Decreto Distrital 714 de
1996; 60 del Decreto Distrital 854 de 2001, y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 12 de la Ley 80 de 1993, establece
que los jefes y los representantes legales de las enti-
dades estatales podrán delegar total o parcialmente la
competencia para celebrar contratos en los servidores
públicos que desempeñen cargos del nivel directivo.
Que según el numeral 9° del artículo 25 ídem, en los
procesos de contratación intervendrán el jefe y las
unidades asesoras y ejecutoras de la entidad que se
señalen en las correspondientes normas sobre su
organización y funcionamiento.
Que el artículo 87 del Decreto Distrital 714 de 1996
– Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital, esta-
blece que: “Los órganos y entidades que conforman
el presupuesto anual del Distrito Capital, tendrán la
capacidad de contratar y comprometer a nombre de
la persona jurídica de la que hacen parte y ordenar el
gasto en desarrollo de las apropiaciones incorporadas
en su presupuesto, lo que constituye la autonomía
presupuestal a que se reeren la Constitución Política
y la Ley. Estas facultades estarán en cabeza del jefe
de cada entidad quien podrá delegarlas en funciona-
rios del nivel directivo y serán ejercidas teniendo en
cuenta las normas consagradas en el Estatuto General
de Contratación de la Administración Pública y en las
disposiciones legales vigentes”.
Que mediante el artículo 60 del Decreto Distrital 854 de
2001, se determinó que las Secretarías de Despacho,
en cabeza de los/as Secretarios respectivos, como
entidades ejecutoras que conforman el Presupuesto
Anual del Distrito Capital, tienen la capacidad de con-
tratar y comprometer a nombre de la persona jurídica
de la que hacen parte, e igualmente ordenar el gasto
en desarrollo de las apropiaciones incorporadas en su
presupuesto, competencias que podrán ser delegadas
en funcionarios del nivel directivo y serán ejercidas
teniendo en cuenta las normas consagradas en el
Estatuto General de Contratación de la Administración
Pública y en las disposiciones legales vigentes.
Que por medio de la Resolución 442 de 2011, proferi-
da por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de
Bogotá, D.C., se delegaron unas funciones y se des-
concentraron otras actuaciones en materia contractual.
Que la mencionada Resolución 442 de 2011, fue
modicada parcialmente por las Resoluciones 270
de 2012 y 173 de 2015, por lo que en aras de facilitar
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