Resolución 18 0106 - 1 de Febrero de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43233177

Resolución 18 0106

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín46169

El Viceministro de Minas y Energía, encargado de las funciones del Despacho de Ministro de Minas y Energía, y en ejercicio de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 30 del Decreto 111 de 1996 establece que constituyen fondos especiales en el orden nacional, los ingresos definidos en la ley para la prestación de un servicio público específico, así como los pertenecientes a fondos sin personería jurídica creados por el legislador;

Que el artículo 118 de la Ley 812 de 2003, que contiene el Plan Nacional de Desarrollo para el período 2003-2006 definió como fondo especial del orden nacional, los recursos provenientes del ochenta por ciento (80%) de las rentas de congestión calculadas por el Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales como producto de las exportaciones de energía eléctrica a los países vecinos dentro de los Convenios de la Comunidad Andina de Naciones;

Que los ingresos a que se refiere el considerando anterior tienen por objeto, conforme con el mismo artículo 118 de la Ley 812 de 2003, cubrir hasta cuarenta pesos ($40) por kilovatio hora del valor de la energía eléctrica destinada al consumo de los usuarios ubicados en zonas de difícil gestión, áreas rurales de menor desarrollo y en zonas subnormales urbanas;

Que el parágrafo 3° del artículo 118 de la Ley 812 de 2003 establece que la cantidad de demanda de energía total cubierta por el Fondo de Energía Social será como máximo un ocho por ciento (8%) del total de la demanda de energía en el sistema interconectado nacional;

Que conforme con lo establecido en el considerando anterior, son beneficiarios del Fondo de Energía Social los usuarios ubicados en las Areas Especiales establecidas para el efecto en el Decreto 160 de 2004;

Que en cumplimiento a lo establecido en el artículo 11 del Decreto 160 de 2004 adicionado por el Decreto 3611 de 10 de octubre de 2005, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios expidió la Resolución SSPD 001172 del 21 de abril de 2004, mediante la cual adoptó los formatos para el registro de Areas Especiales en el Sistema Unico de Información, con e l propósito de que los usuarios ubicados en ellas se beneficien de los recursos del Fondo de Energía Social, Foes, cuyo registro deben realizarlo los comercializadores de energía eléctrica en el cumplimiento de los criterios e indicadores en el mencionado decreto;

Que en el Presupuesto de Gastos de Inversión de este Ministerio existe una partida que permite girar recursos del Fondo Especial de Energía Social, Foes;

Que de acuerdo con el parágrafo del artículo 3° del Decreto 160 de 2004 adicionado por el Decreto 3611 de 10 de octubre de 2005, se ajusta el monto máximo de cobertura con el Indice de Precios al Consumidor, IPC, monto que pasa de $42.20 a $44.25 por kilovatio hora para el año 2006;

Que el monto de máximo de cobertura para el año 2005 era de $42.20 y mediante Resolución 18 1734 del 20 de diciembre de 2005, solo se distribuyeron y giraron recursos con monto de cobertura de $38.05 por kilovatio hora del valor del consumo de energía eléctrica del mes de octubre de 2005, debido a que el Gobierno Nacional congeló recursos del Fondo de Energía Social por $30.000.000.000.00 mediante el Decreto 1200 del 19 de abril de 2005;

Que de acuerdo con el considerando anterior se ajusta la distribución del mes de octubre de 2005 en $2.05 por kilovatio hora del valor del consumo de energía eléctrica y de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del Decreto 160 de 2004, adicionado por el Decreto 3611 de 10 de octubre de 2005 y con base en el registro de Areas Especiales efectuadas del mes de noviembre de 2005 por los comercializadores de energía eléctrica, siguiendo los formatos adoptados por el Sistema Unico de Información, SUI, a través de la Resolución SSPD 001172 de 2004, se tomó la información respectiva con el número de Radicado 20051129...

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