Resolución 18 0635 - 6 de Julio de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43177695

Resolución 18 0635

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín44857

La Ministra de Minas y Energía, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Decreto 070 de 2001, en el artículo 320 de la Ley 685 de 2001 y en la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el Congreso de la República mediante la Ley 685 del 15 de agosto de 2001 expidió el Código de Minas, el cual en su artículo 361 derogó todas las disposiciones que le fueren contrarias;

Que en el artículo 317 ibidem se prevé que el Ministerio de Minas y Energía es la autoridad minera;

Que en el artículo 320 de la misma norma se confiere a la autoridad minera, previa reglamentación, la facultad de delegar en forma permanente, temporal u ocasional las funciones de tramitación y celebración de los contratos de concesión, así como la vigilancia y control de su ejecución en los Gobernadores de departamento y en los alcaldes de ciudades capitales de departamento;

Que el Ministerio de Minas y Energía expidió la Resolución 18‑1145 del 14 de septiembre de 2001 por medio de la cual se reglamenta el otorgamiento de la delegación a que se refiere el artículo 320 de la Ley 685 de 2001, la cual fue modificada por la Resolución 18 1568 del 26 noviembre de 2001;

Que el artículo 9° de la Ley 489 de 1998 señala que las autoridades administrativas en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con dicha ley, podrán mediante acto de delegación transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades con funciones afines o complementarias;

Que el artículo 14 ibidem sobre la delegación entre entidades...

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