Resolución 1954, por la cual se establecen las características generales y especiales de los Títulos de Tesorería TES Clase B, destinados a financiar apropiaciones del Presupuesto Nacional y se fija el procedimiento para su colocación en el mercado primario mediante subasta. - 17 de Agosto de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43225958

Resolución 1954, por la cual se establecen las características generales y especiales de los Títulos de Tesorería TES Clase B, destinados a financiar apropiaciones del Presupuesto Nacional y se fija el procedimiento para su colocación en el mercado primario mediante subasta.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín46003

El Director General de Crédito Público y del Tesoro Nacional, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las delegadas por el artículo 1º de la Resolución 2822 de 2002 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público,

RESUELVE:

Artículo 1° Indice

La presente resolución tiene el siguiente índice:

Artículo 1º Indice.
Artículo 2° Características generales y especiales de los Títulos de Tesorería TES Clase B que se colocan en el mercado primario, destinados a financiar apropiaciones del Presupuesto Nacional.
  1. Origen.

  2. Clase y Denominación.

  3. Conformación de los Títulos.

  4. Moneda de Liquidación y Pago.

  5. Plazos de Emisión.

  6. Ley de Circulación.

  7. Inscripción.

  8. Homogeneidad.

  9. Descuponamiento.

  10. Rendimientos.

  11. Precio.

  12. Rendimiento, Liquidación de Intereses y Precio de los TES a Tasa Variable

    12.1. Composición del Rendimiento.

    12.2. Forma de Liquidación del cupón de Intereses.

    12.3. Precio de los TES a Tasa Variable.

  13. Valor de Expedición.

    13.1. Valor de Expedición de TES a Tasa Fija y Variable Denominados en Pesos.

    13.2. Valor de Expedición de TES a Tasa Fija Denominados en Dólares.

    13.3. Valor de Expedición de TES a Tasa Fija Denominados en UVR.

  14. Forma de Liquidación de la Inversión en TES.

    14.1. Valor de Liquidación de TES a Tasa Fija y Variable Denominados en Pesos.

    14.2. Valor de Liquidación de TES a Tasa Fija Denominados en Dólares.

    14.3. Valor de Liquidación de TES a Tasa Fija Denominados en UVR.

  15. Colocación y Administración.

  16. Prescripción de Derechos.

  17. Tratamiento Tributario de los Rendimientos.

Artículo 3° Procedimiento de Colocación por Subasta en el Mercado Primario de TES.
  1. Agentes Colocadores.

  2. Tipo de Subastas.

  3. Características de las Emisiones Parciales.

  4. Convocatoria de la Subasta.

  5. Cronograma de las Subastas.

  6. Reglas para la Presentación de Ofertas.

    6.1. Contenido de las Ofertas.

    6.2. Cuantía de las Ofertas.

    6.3. Horario de Presentación.

    6.4. Forma de Presentación.

  7. Adjudicación de la Subasta.

  8. Resultado de la Subasta.

  9. Cumplimiento.

Artículo 4° Colocación No Competitiva.
  1. Definición.

  2. Convocatoria.

  3. Presentación de Ofertas.

  4. Adjudicació n.

  5. Resultado.

  6. Cumplimiento.

Artículo 5° Formulario para Presentación de Ofertas.
Artículo 6° Consecuencias del Incumplimiento.
Artículo 7° Vigencias y Derogatorias.
Artículo 2° Características generales y especiales de los Títulos de Tesorería TES Clase B que se colocan en el mercado primario, destinados a financiar apropiaciones del Presupuesto Nacional.
  1. Origen.

    Los Títulos de Tesorería TES Clase B con plazo igual o mayor a un año, en adelante TES, son títulos de deuda pública interna de la Nación emitidos por el Gobierno Nacional ¿Ministerio de Hacienda y Crédito Público¿ para financiar apropiaciones presupuestales de conformidad con lo establecido en los artículos 4° y 5° de la Ley 51 de 1990 y demás normas concordantes y pertinentes.

  2. Clase y Denominación.

    Los TES son emitidos a tasa fija o variable y denominados en moneda legal colombiana, en dólares de los Estados Unidos de América ¿USD¿ y en Unidades de Valor Real ¿UVR.

  3. Conformación de los Títulos.

    Cada título TES está conformado por el principal, que será amortizado al final del plazo y por uno o varios cupones de intereses anuales, según corresponda, Vg. un (1) cupón para los títulos de un año, dos (2) cupones para los de dos años, tres (3) cupones para los de tres años, etc.

  4. Moneda de Liquidación y Pago.

    El principal y los intereses de los TES serán pagados en moneda legal colombiana.

  5. Plazos de Emisión.

    Los TES son emitidos con plazo de uno o más años calendario. En todo caso, el pago del principal se deberá efectuar con cargo a recursos presupuestales de vigencias fiscales posteriores a aquellas en las cuales se emitan los títulos.

  6. Ley de Circulación.

    Son títulos "a la orden", libremente negociables en el mercado secundario y cuando corresponda, los cupones de intereses también son libremente negociables. No se podrán colocar con derecho de recompra anticipada. La transferencia de los valores que se encuentren en un depósito centralizado de valores se podrá hacer mediante el simple registro en el Depósito, con la previa orden escrita del titular de los títulos o de su mandatario (artículo 20 de la Ley 27 de 1990 y artículo 14, Decreto 437 de 1992).

  7. Inscripción.

    Están inscritos en la Bolsa de Valores de Colombia.

  8. Homogeneidad.

    Las colocaciones sucesivas de TES de un determinado plazo emitidos con base en una misma acta de emisión, tendrán iguales características de cupón, pago de intereses y de amortización del principal, siempre que su conformación lo permita y se considerarán como parte de la misma emisión.

  9. Descuponamiento.

    A voluntad del tenedor, el principal y el(los) cupón(es) de intereses de los TES a tasa fija denominados en pesos se podrán negociar en forma separada. Para las otras denominaciones y clases de TES no se permitirá el descuponamiento.

  10. Rendimientos.

    Devengan intereses período vencido. La Nación no reconocerá intereses sobre los días no hábiles bancarios que transcurran entre el vencimiento de los títulos y su fecha de pago efectivo cuando el vencimiento ocurra en días no hábiles bancarios.

    En cada emisión los intereses se calcularán desde el día siguiente al inicio del respectivo período y hasta el día pactado para su pago, empleando como base de conteo 365/365, que corresponde a años de 365 días, de doce (12) meses, con el período de días calendario que corresponda a cada mes, excepto para el mes de febrero, que corresponderá a veintiocho (28) días, inclusive para años bisiestos.

  11. Precio.

    El precio de los TES es la suma del valor presente (o valor costo) del principal y de el(los) cupón(es) del título en el día de cumplimiento de la oferta, descontados a la tasa de rendimiento aprobada en la subasta. Para el cálculo del precio, el valor nominal será de cien (100) unidades, el cual se aproximará al milésimo más cercano, menor de cinco (5) o mayor o igual a cinco (5), según corresponda.

    El precio será el resultado de la siguiente expresión matemática:

    Donde:

    Precio: Será el factor con el cual se calculará el valor presente o valor costo de la inversión. Tasa Cupón: Será el porcentaje con el cual se calculan los rendimientos periódicos de los títulos y corresponde a la tasa facial de los mismos.

    ie: Será la tasa de rendimiento efectiva anual de los TES resultante de la subasta (tasa de corte), expresada como porcentaje.

    n: Será el número de días transcurridos entre la fecha de cumplimiento de la subasta y el próximo pago de intereses del título.

    N: Será el número de cupones de intereses del título pendientes de pago en la fecha de cumplimiento de la subasta.

    k: Variable que toma valores entre 1 y N.

  12. Rendimientos, Liquidación de Intereses y Precio de los TES a Tasa Variable.

    Los TES a tasa variable cuya tasa de rendimiento está compuesta por la variación del índice de precios al consumidor más un porcentaje de rendimiento adicional o margen, serán denominados en moneda legal. Su rendimiento, cupones de intereses y precio se calcularán conforme a continuación se determina.

    12.1. Composición del Rendimiento.

    El rendimiento de los TES a tasa variable es la tasa compuesta por:

    1. La variación an ual del Indice de Precios al Consumidor ¿IPC¿ publicado por el DANE para el mismo mes en que se realice el cumplimiento de la subasta, y

    2. El porcentaje de rendimiento adicional al componente inflacionario o margen.

    La tasa de rendimiento será el resultado de la aplicación de la siguiente fórmula:

    ie = (1 + IPC) * (1+Margen) - 1

    Donde:

    ie Será la tasa de rendimiento efectiva anual de los TES, expresada como porcentaje.

    IPC : Será el componente inflacionario vigente el día de cumplimiento de la subasta.

    Margen: Será el porcentaje de rendimiento...

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