Resolución 197, por la cual se reglamentan los artículos 2º y 5º del Acuerdo número 1032 del 13 de diciembre de 2002 y se fija el procedimiento y parámetros a seguir en el proceso de conciliación de los procesos hipotecarios en mora a favor del Fondo Nacional de Ahorro - 28 de Diciembre de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43187443

Resolución 197, por la cual se reglamentan los artículos 2º y 5º del Acuerdo número 1032 del 13 de diciembre de 2002 y se fija el procedimiento y parámetros a seguir en el proceso de conciliación de los procesos hipotecarios en mora a favor del Fondo Nacional de Ahorro

EmisorVarios - Fondo Nacional de Ahorro
Número de Boletín45047

El Presidente del Fondo Nacional de Ahorro, en uso de sus facultades legales y estatutarias,

CONSIDERANDO:

  1. Que la Ley 432 del 29 de enero de 1998 transformó al Fondo Nacional de Ahorro en una Empresa Industrial y Comercial del Estado de carácter financiero del orden nacional, organizado como establecimiento de crédito de naturaleza especial, cuyo objeto es ¿administrar de manera eficiente las cesantías y contribuir a la solución del problema de vivienda y educación de los afiliados¿, otorgando, para lograr esto último, créditos hipotecarios, garantizados con hipoteca.

  2. Que corresponde a la Presidencia del Fondo Nacional de Ahorro establecer los parámetros y el procedimiento de la conciliación de los procesos hipotecarios en mora, de conformidad con lo establecido por el artículo 2º del Acuerdo número 1032 del 13 de diciembre de 2002, emanado de la Junta Directiva del Fondo Nacional de Ahorro.

  3. Que mediante Acuerdo número 1032 del 13 de diciembre de 2002, de la Junta Directiva del Fondo Nacional de Ahorro se adoptó la Conciliación como mecanismo alterno para recuperar la cartera morosa e igualmente se hace necesario adicionar la normatividad existente con el fin de hacer más ágil y efectivo el fin propuesto.

  4. Que de acuerdo con el contenido del Instructivo número 11‑1000‑443 del 8 de marzo de 2000 emanado del Despacho del Contralor General de la República dirigido a los representantes legales de Entidades Financieras Estatales, que dice: ¿Las difíciles circunstancias por las (sic)...

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