Resolución 2, por la cual se adiciona la Resolución número 3250 del 15 de noviembre de 2000, que adoptó el Manual de Funciones y Requisitos Mínimos del Ministerio de Transporte. - 3 de Febrero de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43148160

Resolución 2, por la cual se adiciona la Resolución número 3250 del 15 de noviembre de 2000, que adoptó el Manual de Funciones y Requisitos Mínimos del Ministerio de Transporte.

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín44315

DIARIO OFICIAL 44.315 RESOLUCIÓN 2 01/02/2001 La Junta Directiva del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el Decreto 836 del 18 de mayo de 1999, RESUELVE: Artículo 1°. Los accionistas que hayan capitalizado los establecimientos de crédito con el producto de los créditos otorgados con cargo a la línea a que se refiere la Resolución 006 de 1999 expedida por la Junta Directiva del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras podrán solicitar, por una sola vez, un préstamo adicional para facilitar el cumplimiento de los requerimientos de capital establecidos en las disposiciones legales vigentes. El otorgamiento de dichos préstamos se sujetará a los términos y a las condiciones adicionales a las establecidas en el artículo segundo de esta Resolución que fije, en cada caso, la Junta Directiva del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras. Artículo 2°. El préstamo adicional a que se refiere el artículo primero de esta resolución se regirá por las siguientes condiciones generales: a) Monto: El Fondo podrá otorgar créditos hasta por las siguientes cuantías, dependiendo del tipo de establecimiento de crédito receptor de la respectiva capitalización, así: Bancos Hasta cuarenta y un mil ochocientos ochenta millones setecientos doce mil quinientos pesos ($41.880.712.500) moneda legal colombiana. Corporaciones Hasta quince mil doscientos veintinueve millones trescientos Financieras cincuenta mil pesos ($15.229.350.000) moneda legal colombiana. Compañías Hasta diez mil setecientos ochenta y ocho millones de pesos Financiamiento ($10.788.000.000) moneda legal colombiana. Comercial b) Plazo: Hasta cinco (5) años. c) Tasa de interés: Será equivalente a la tasa DTF adicionada en dos (2) puntos porcentuales. d) Pago de intereses: Semestral. e) Amortización a capital: Semestral. f) Período de gracia a capital: Hasta un (1) año. g) Garantías: Las acciones del establecimiento de crédito que se suscriban y paguen con el producto del préstamo adicional y las demás garantías que la Junta Directiva del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras considere aceptables hasta cubrir cuando menos el ciento treinta y tres por ciento (133%) del valor de dicho crédito. Adicionalmente, los deudores deberán obligarse a efectuar la cesión de los derechos políticos de sus acciones a favor del Fondo, en caso de incumplimiento en el pago del crédito. Parágrafo. El préstamo adicional...

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