Resolución 2001290052 - 21 de Agosto de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43163311

Resolución 2001290052

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
Número de Boletín44526

DIARIO OFICIAL 44.526 RESOLUCIÓN 2001290052 15/08/2001 por la cual se actualizan las Tarifas en el Invima. El Director General del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el numeral 11 del artículo 8° del Decreto 1290 de 1994 y el artículo 9° de la Ley 399 de 1997. CONSIDERANDO: Que el artículo 338 de la Carta Política, prescribe: ¿En tiempos de paz, solamente el Congreso, las asambleas departamentales y los concejos distritales y municipales podrán imponer contribuciones fiscales o parafiscales. La ley, las ordenanzas y los acuerdos deben fijar, directamente, los sujetos activos y pasivos, los hechos y las bases gravables, y las tarifas de los impuestos (...)¿; Que en cumplimiento de ese mandato constitucional, el Congreso de la República expidió la Ley 399 del 19 de agosto de 1997, ordenando crear la tasa para recuperar los costos de los servicios prestados por el Invima; así mismo, señaló que el Instituto sería el sujeto activo de la misma y como sujeto pasivo, las personas naturales y/o jurídicas que requieran la expedición, modificación y renovación del registro sanitario para producir, importar, distribuir o comercializar los productos señalados en el artículo 245 de la Ley 100 de 1993; Que a su vez la citada ley, estableció como hechos generadores de la tasa: a) Expedición, modificación, renovación de los productos citados en el artículo 245 de la Ley 100 de 1993; b) Expedición, renovación y ampliación de la capacidad de los laboratorios, fábricas o establecimientos de producción, distribución, comercialización de los productos definidos en el artículo 245, ibidem; c) Realización de exámenes de laboratorios y demás gastos requeridos para el control de los productos y los demás hechos que se presenten en desarrollo de los objetivos del Invima; Que el artículo 245 de la Ley 100 de 1993, ordenó crear el Invima, señalando como su objeto, ¿(...) la ejecución de las políticas en materia de vigilancia sanitaria y de control de calidad de medicamentos, productos biológicos, alimentos, bebidas, cosméticos, dispositivos y elementos médico quirúrgicos, odontológicos, productos naturales homeopáticos y los generados por biotecnología, reactivos de diagnóstico, y otros que puedan tener impacto en la salud individual y colectiva¿; Que en desarrollo del artículo 338 de la Carta Política, el artículo 6° de la Ley 399 de 1997 dispuso las pautas técnicas para fijar las tarifas de cada uno de los servicios prestados, señalando además en sus artículos 5º, 6º , 7º y 8º la base para su liquidación, el método, el sistema para definirlas y la destinación de los recursos; Que el parágrafo del artículo 9° de la Ley 399 dispuso que las tarifas se actualizarán anualmente por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, de acuerdo con el método y sistema definidos en la presente ley; Que en mérito de los expuesto, RESUELVE: Artículo 1°. Los servicios que presta el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, de conformidad con los hechos generadores señalados en el artículo 4° de la Ley 399 de 1997, tendrán las siguientes Tarifas: REGISTRO SANITARIO Y/O RENOVACION REGISTRO SANITARIO DE MEDICAMENTOS Código Concepto Tarifa ($) 1001 Formas farmacéuticas sólidas: tabletas, grageas, tabletas vaginales, cápsulas, granulados efervescentes y no efervescentes, jabones medicados, polvos medicados, polvos para inhalación, polvos para reconstituir. 1.895.959 1002 Formas farmacéuticas líquidas, emulsiones, suspensiones, jarabes, elíxires, soluciones, jaleas, jabones líquidos medicados, líquidos estériles, líquidos oleosos, shampoos, lociones, tinturas o extractos. 2.179.785 1003 Formas farmacéuticas líquidas: inyectables, polvos para reconstruir liofilizados. 1.952.093 1004 Formas farmacéuticas semisólidas: cremas, geles, ungüentos, pastas, óvulos, supositorios, pomadas, jaleas. 1.956.889 Código Concepto Tarifa ($) 1005 Formas farmacéuticas líquidas: soluciones oftálmicas y ópticas, soluciones óticas, soluciones tópicas, soluciones bucales, soluciones intrarectal, soluciones trasd érmicas (Parche), soluciones para inhalación, solución para nebulizaciones, solución estéril para irrigación, solución de reemplazo de líquido sinovial, solución conservante de órganos. 1.764.094 REGISTRO SANITARIO DE VACUNAS Y/O RENOVACION REGISTRO SANITARIO DE VACUNAS 1006 Vacuna DPT 3.136.383 1007 Vacuna TD 2.998.770 1008 Vacuna Pertussis 2.182.372 1009 Vacuna BCG 2.541.315...

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