Resolución 2017, por la cual se impone multa por la mora en el cumplimiento de las obligaciones contempladas en el contrato de compraventa número 91/2004 RO-MDN-EJC. - 12 de Enero de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43232570

Resolución 2017, por la cual se impone multa por la mora en el cumplimiento de las obligaciones contempladas en el contrato de compraventa número 91/2004 RO-MDN-EJC.

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín46149

El Ministro de Defensa Nacional, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 4° numeral 2 de la Ley 80 de 1993 y la Resolución Minsiterial número 130 de 2005, y

CONSIDERANDO:

Primero. Que el día 2 de noviembre de 2004, el Ministerio de Defensa Nacional - Ejército Nacional suscribió con Israel Military Industries Ltd., el contrato de compraventa número 091/2004 MDN-EJC, con el objeto de adquirir 2.767 millares d e cartuchos calibre 5.56 mm eslabonados. El plazo de ejecución estaba previsto para el 7 de marzo de 2005.

Segundo. Que el día 29 de diciembre de 2004, mediante contrato adicional NÚMERO 1 al contrato de compraventa número 091/2004 MDN-EJC, se adquirieron 1.383 millares de cartuchos calibre 5.56 mm eslabonados, y modificó el plazo de ejecución, por lo tanto todas las entregas, tanto del principal como del adicional, deben realizarse dentro de los seis (6) meses siguientes a la firma del contrato adicional, aprobación de la garantía única y expedición del certificado de uso final del material adicional. Debido a que el último requisito en cumplirse fue la expedición del certificado de uso final (formato DSP-83) para la materia prima de la adición fue el 19 de enero de 2005, el plazo de ejecución en consecuencia era hasta el día 19 de julio de 2005.

Tercero. Que el 15 de julio de 2005, mediante contrato modificatorio número 1 se prorrogó el plazo de ejecución del contrato número 91/04 RO-MDN-EJC, hasta el 30 de septiembre de 2005, teniendo en cuenta, que analizados los anexos de la comunicaciones remitidas por TYSA en su solicitud de prórroga, se estableció que era razonable la diligencia que manifestaba el contratista y que igualmente, pudo verificarse en los B/L (documentos de transporte del material) allegados, que la fecha de preparación del embarque para el contrato número 91/2004 estaba consignada desde el 7 de junio de 2005, y que en cuanto a la solicitud del contratista de entregar 608 millares el 30 de septiembre de 2005, es claro que el material que presentó falla es de procedencia americana, por tal motivo aunque existe un vínculo jurídico con el fabricante en Norteamérica, al contratista le es imposible realizar labores de fabricación y supervisión del material. El control de calidad únicamente podía realizarlo cuando la producción fuera recibida en Israel, por tal motivo resultó lógico que solicitara prórroga para las unidades que incumplieron los estándares de calidad.

Cuarto. Que el 30 de septiembre de 2005, con comunicación TySA GC-430/2005-MDN-EJC-21296 el contratista solicitó la ampliación del plazo de entrega del saldo del material ¿608 millares de munición eslabonada calibre 5,56x45mm¿, dado que no le ha sido posible la consecución de un buque que cumpla con las condiciones especiales exigidas por la Internacional Maritime Organización (IMO). Para el transporte de este tipo de material clasificado como Clase UN 0012, IMO 1.4E. Igualmente precisa ¿que esta situación fuera de nuestro control, no había sido comunicada, dado a que no teníamos ningún tipo de información sobre la posible fecha y/o posibilidades de efectuar este embarque, a pesar de que nuestra representada ha explorado todas las opciones. Finalmente y luego de múltiples solicitudes e insistencias, el día 27 de septiembre de 2005, se logró que la agencia, IMO TRANSPORT INTERNACIONAL LTD. nos confirmara una fecha aproximada para efectuar el despacho marítimo, que según lo manifestado en su comunicación, sólo p odrá ser posible a finales del mes de diciembre de 2005 o primeros días de enero de 2006.

No obstante lo anterior, también resalta, que si antes de ese tiempo, existe otra posibilidad, nos informara oportunamente. Adjuntamos copia con traducción simple de dicha comunicación...

Conscientes de que el Ministerio de Defensa Nacional - Ejército Nacional, debe cumplir con los trámites administrativos y de carácter financiero antes del cierre de la presente vigencia fiscal, además de la necesidad del material... (IMI) Ltd. está agotando todos los recursos posibles, tendentes a efectuar el embarque en el primer medio disponible ... comedidamente solicitamos al Ministerio ..., que estudie la posibilidad de que si hasta el 25 de octubre de 2005, no se ha podido efectuar este embarque, se acepte la entrega preliminar en fábrica para el saldo de esta munición, `608 millares¿ y la entrega bajo la modalidad DDU Embarcaduría Militar de Santa Marta pactada originalmente, sea modificada y se establezca que el nuevo plazo sea hasta el 15 de febrero de 2006¿.

Quinto. Que el 18 de octubre de 2005, el Ministerio de Defensa mediante oficio número 46566 le informa al contratista, que no es posible considerar favorablemente su solicitud de prórroga del 30 de septiembre de 2005, como tampoco la alternativa propuesta...

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