Resolución 2050, por medio de la cual se reglamenta el trámite para el reconocimiento y pago de los servicios de salud por atención inicial de urgencias y atención - 29 de Agosto de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43196707

Resolución 2050, por medio de la cual se reglamenta el trámite para el reconocimiento y pago de los servicios de salud por atención inicial de urgencias y atención

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto de Seguros Sociales
Número de Boletín45294

El Presidente del Instituto de Seguros Sociales, en uso de las facultades que le confiere el numeral 3 del artículo 11 del Decreto 2148 de 1992, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 168 de la Ley 100 de 1993, la Atención Inicial de Urgencias debe ser prestada en forma obligatoria por las entidades públicas y privadas que presten servicios de salud, a todas las personas, independientemente de la capacidad de pago, sin que se requiera contrato, ni pago, ni orden previa;

Que concordante con lo anterior el artículo 2º del Decreto 412 de 1992, dispone:

¿De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º de la Ley 10 de 1990 todas las instituciones que ofrezcan servicios de salud están obligadas a prestar atención inicial de urgencias independientemente de la capacidad socioeconómica de los solicitantes de este servicio¿;

Que teniendo en cuenta las disposiciones citadas, se hace necesario reglamentar en el Instituto, el trámite para el reconocimiento y pago de los servicios de salud por la atención inicial de urgencias y la atención de urgencias que las IPS presten a los afiliados a la EPS-ISS, teniendo en cuenta las normas que regulan la materia;

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Para los efectos de la presente resolución, deben tenerse en cuenta definiciones, contenidas en el artículo 3º del Decreto 412 de 1992, a saber:

Urgencia. Es la alteración de la integridad física y/o mental de una persona, causada por un trauma o por una enfermedad de cualquier etiología que genere una demanda de atención médica inmediata y efectiva tendiente a disminuir los riesgos de invalidez y muerte.

Atención inicial de urgencia. Denominase como tal a todas las acciones realizadas a una persona con patología de urgencia y que tiendan a estabilizarla en sus signos vitales...

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