Resolución 2157, por medio de la cual se declara la caducidad del Contrato número 61 de 1999, suscrito entre el Fondo Rotatorio del Departamento Administrativo de Seguridad y la Sociedad Ambra Cómputo Limitada. - 10 de Octubre de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43142630

Resolución 2157, por medio de la cual se declara la caducidad del Contrato número 61 de 1999, suscrito entre el Fondo Rotatorio del Departamento Administrativo de Seguridad y la Sociedad Ambra Cómputo Limitada.

EmisorVarios - Fondo Rotatorio del DAS
Número de Boletín44189

DIARIO OFICIAL 44.189 RESOLUCIÓN 2157 06/10/1999 por medio de la cual se declara la caducidad del Contrato número 61 de 1999, suscrito entre el Fondo Rotatorio del Departamento Administrativo de Seguridad y la Sociedad Ambra Cómputo Limitada. La Secretaria General del Departamento Administrativo de Seguridad, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 18 de la Ley 80 de 1993, en concordancia con la Resolución 0023 del 20 de agosto de 1996, CONSIDERANDO QUE: La Sociedad Ambra Cómputo Limitada, mediante el Contrato de Compraventa número 61 del 6 de julio de 1999, suscrito con el Fondo Rotatorio del DAS, se obligó con la entidad contratante a vender, entregar e instalar veinte (20) impresoras Láser Led Blanco y Negro Oki Page 6 EX, de conformidad con las estipulaciones contenidas en el pliego de condiciones. De conformidad con lo estipulado en la cláusula quinta del contrato, plazo de ejecución, el contratista se comprometió a entregar los bienes objeto del contrato, en un plazo máximo de quince (15) días calendario siguientes contados a partir de la fecha del pago anticipado, y a instalarlos y configurarlos en un plazo de veinte (20) días hábiles, una vez producida la entrega física. El valor del contrato acordado entre las partes, fue por la suma de dieciocho millones noventa y seis mil pesos ($18.096.000.00) moneda corriente, pagaderos de la siguiente forma: nueve millones cuarenta y ocho mil pesos ($9.048.000.00) moneda corriente, en calidad de pago anticipado y dentro de los 30 días calendario siguientes el 50% restante o sea la suma de nueve millones cuarenta y ocho mil pesos ($9.048.000.00) moneda corriente, una vez efectuada la instalación y configuración de las impresoras a entera satisfacción del Fondo. De acuerdo a la cláusula décimotercera del Contrato número 61 del 6 de julio de 1999 celebrado entre Ambra Cómputo Limitada y el Fondo Rotatorio del DAS "el Fondo podrá mediante resolución motivada declarar la caducidad del contrato por las causales previstas en el artículo 25 de la Ley 40 de 1993, artículo 18 de la Ley 80 de 1993, artículos 90 y 91 de la Ley 418 de 1997 y normas que lo complementen, adicionen o modifiquen, con sus correspondientes efectos. Si se declara la caducidad no habrá lugar a indemnización para el contratista y se hará acreedor a las sanciones e inhabilidades previstas en la Ley 80 de 1993. Parágrafo. Los hechos que constituyen una causal de caducidad, sujetos a...

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