Resolución 216, por la cual se señala un período para realizar el pago total de los créditos a cargo de la masa de la liquidación y se constituyen unas reservas. - 25 de Enero de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43218494

Resolución 216, por la cual se señala un período para realizar el pago total de los créditos a cargo de la masa de la liquidación y se constituyen unas reservas.

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín45802

El Gerente Liquidador del Instituto de Fomento Industrial, IFI, en Liquidación, en ejercicio de sus facultades legales, en especial l as contempladas en los artículos 42 y 45 del Decreto 2211 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Primero. Que mediante Decreto 2590 de 2003 el Gobierno Nacional, en ejercicio de facultades constitucionales y legales, en especial las previstas en el numeral 15 del artículo 189 de la Constitución Política y en el artículo 52 de la Ley 489 de 1998, ordenó disolver y adelantar la liquidación del Instituto de Fomento Industrial, IFI, sociedad de economía mixta del orden nacional organizada como establecimiento de crédito, vinculada al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, que a partir de la entrada en vigencia de dicho decreto se denomina, para todos los efectos, "Instituto de Fomento Industrial, IFI, en Liquidación" o "IFI en Liquidación".

Segundo. Que según el parágrafo único del artículo 4º del decreto en mención, en razón de la naturaleza del Instituto de Fomento Industrial, IFI, serán aplicables a la liquidación del mismo, en lo pertinente, las disposiciones sobre liquidación de entidades financieras previstas en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y en el Decreto 2418 de 1999, subrogado por el Decreto 2211 de 2004.

Tercero. Que el Gerente Liquidador del IFI en Liquidación, en cumplimiento de lo ordenado en el por entonces vigente artículo 5º numeral 5 del Decreto 2418 de 1999, aplicable a la liquidación del Instituto por virtud de lo establecido en el parágrafo único del artículo 4º del Decreto 2590 de 2003, mediante Resolución número 015 de junio 3 de 2004 decidió sobre las reclamaciones presentadas oportunamente contra la masa de la liquidación y el orden de restitución de los respectivos créditos.

Cuarto. Que de conformidad con lo señalado en el inciso cuarto del precitado numeral 5 de la sazón vigente artículo 5º del Decreto 2418 de 1999 dicha providencia fue notificada por edicto en la forma prevista en el artículo 45 del Código Contencioso Administrativo, el cual fue fijado el día 4 de junio de 2004 a las 8:30 a. m. en un lugar visible de las Oficinas del IFI en Liquidación y desfijado el día 18 del mismo mes a las 5:30 p. m., después de transcurrido un término de diez (10) días hábiles.

Quinto. Que en acatamiento de lo previsto en la misma disposición, el día lunes 7 de junio de 2004 se publicó un aviso en el diario El Tiempo informando sobre la expedición de dicha resolución, la fijación del edicto, la fecha en que sería desfijado, el término para presentar recursos y los lugares en los cuales podía consultarse el texto completo de la providencia.

Sexto. Que mediante Resolución...

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