Resolución 2214, por la cual se autoriza a la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial para celebrar un empréstito externo con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, BIRF, por la suma de 150.000.000 de dólares de los Estados Unidos de América. - 13 de Septiembre de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43227463

Resolución 2214, por la cual se autoriza a la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial para celebrar un empréstito externo con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, BIRF, por la suma de 150.000.000 de dólares de los Estados Unidos de América.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín46030

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el parágrafo 2° del artículo 41 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 8° del Decreto 2681 de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución número 1086 del 30 de abril de 2004 autoriza a la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público para gestionar la contratación de empréstitos externos con la Banca Multilateral hasta por la suma de 900.000.000 de dólares de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas destinados a la financiación de apropiaciones presupuestales de las vigencias fiscales 2004, 2005 y 2006;

Que con cargo al cupo de la resolución nombrada en el considerando anterior, la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público contrató la suma de USD 600 millones, quedando un cupo disponible de USD 300 millones;

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la Ley 185 de 1995, la Comisión Interparlamentaria de Crédito Público, en sesión del 1° de septiembre de 2005, emitió por unanimidad concepto definitivo favorable para que la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial contrate un empréstito con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, BIRF, por USD 150.000.000, con destino al financiamiento de apropiaciones presupuestales prioritarias de la vigencia fiscal 2005, según constancia suscrita por la Secretaria Técnica (D) de la Comisión Interparlamentaria de Crédito Público de fecha 1° de septiembre de 2005;

Que el literal (b) del artículo 8° del Decreto 2681 de 1993 establece que la celebración de contratos de empréstito externo a nombre de la Nación requiere autorización para suscribir los contratos, impartida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público con base en la minuta definitiva de los mismos;

Que mediante Oficio número 2-2005-011867 del 2 de mayo de 2005 de la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional - Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se aprobó la minuta del contrato de empréstito externo,

RESUELVE:

Articulo 1° Autorización celebración empréstito externo

Autorizar a la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público y...

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