Resolución 2255, por la cual se resuelve una petición. - 16 de Noviembre de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43144231

Resolución 2255, por la cual se resuelve una petición.

EmisorMinisterio de Trabajo y Seguridad Social
Número de Boletín44229

DIARIO OFICIAL 44.229 RESOLUCIÓN 2255 11/10/2000 por la cual se resuelve una petición. La Coordinadora del Grupo de Trabajo de la Dirección Territorial de Trabajo y Seguridad Social de Cundinamarca, en uso de sus facultades legales que le confiere el artículo 366 del Código Sustantivo de Trabajo, modificado por el artículo 46 de la Ley 50 de 1990, y Decreto 1741 del 3 de septiembre de 1993, artículo 32, y CONSIDERANDO: Que la Organización Sindical denominada: "Sindicato Nacional de Trabajadores de Banestado-Sintrabanestado" de Primer Grado y de Base con domicilio en la ciudad de Santa Fe de Bogotá, departamento de Cundinamarca, solicitó a este Ministerio la inscripción en el Registro Sindical, según Asamblea General realizada el día 1° de julio de 2000, para los efectos legales se anexa la documentación correspondiente con número de radicación 14147 del 7 de julio de 2000. Hecho el estudio del expediente conforme a lo dispuesto en el artículo 365 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por el artículo 45 de la Ley 50 de 1990, este presenta unas observaciones emitiendo un auto de observaciones con fecha 21 de julio de 2000, el cual fue notificado al interesado el día 9 de agosto del presente año, allegando la Organización Sindical las correcciones solicitadas, mediante el radicado No. 023667 del 6 de octubre del presente año, una vez revisada la documentación el despacho encuentra que está conforme a lo dispuesto en el artículo 365 del Código Sustantivo de Trabajo, modificado por el artículo 45 de la Ley 50 de 1990 y la Ley 534 de 2000, este despacho ha concluido que la documentación está completa. La elección de la Junta Directiva se hizo conforme a lo establecido en el artículo 391 de la obra anteriormente mencionada, modificado por el artículo 54 de la Ley 50 de 1990; Que los estatutos de la organización no son contrarios a la Constitución Nacional, a la ley, o las buenas costumbres y no contravienen disposiciones especiales del mencionado Código de Trabajo y por ello este despacho accederá a la petición de la organización solicitante; Por lo expuesto este despacho, RESUELVE: Artículo 1°. Inscribir en el Registro Sindical a la Organización Sindical de Primer Grado y de Base denominada: "Sindicato Nacional de Trabajadores de Banestado Sintrabanestado", con domicilio en la ciudad de Santa Fe de Bogotá, D. C., departamento de Cundinamarca. Artículo 2°. Inscribir en el Registro Sindical los estatutos de la Organización Sindical...

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