Resolución 2307, por la cual se ajusta el valor de las rentas constitutivas de los recursos de capital. - 21 de Septiembre de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43227810

Resolución 2307, por la cual se ajusta el valor de las rentas constitutivas de los recursos de capital.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín46038

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en ejercicio de las facultades que le confieren los Decretos 3245 de 2005 y 568 de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que en cumplimiento del artículo 1° del Decreto 3245 de 2005, el Consejo Superior de Política Fiscal, Confis, en su sesión del 19 de septiembre de 2005, emitió concepto previo favorable sobre el ajuste del valor de las rentas constitutivas de los recursos de capital;

Que este ajuste no modifica el monto de los recursos de capital aprobado en la Ley 921 de 2004, "por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2005" por $41.272.062.727.131,

RESUELVE:

Artículo 1° El valor ajustado de las rentas constitutivas de los recursos de capital, expresados en pesos, será el siguiente:

2.1 Enajenación de activos 430.000.000.000

2.2 Excedentes financieros de entidades descentralizadas 2.263.921.000.000

2.3 Traslados fondos DTN 1.300.000.000.000

2.4 Rendimientos financieros 628.547.000.000

2.5 Recursos de crédito externo 6.237.408.145.953

2.6 Recursos de crédito interno 26.818.614.611.412

2.7 Otros recursos de capital 3.336.879.969.766

2.8 Reintegros y otros recursos no apropiados 146.487.000.000

2.9 Recuperación de cartera 110.205.000.000

TOTAL RECURSOS DE CAPITAL DE LA NACION 41.272.062.727.131

Artículo 2° Dentro del total de los recursos de Crédito Interno por $26.818.614.611.412 que financian las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR